Las condiciones de los testigos del testamento
N°.2349- Si una persona sostiene que el difunto ha hecho un testamento para que le diesen una cierta cantidad de su propiedad, y dos hombres justos confirman su declaración, se le debe dar la propiedad reclamada según el testamento alegado. Pero, si esta persona no tiene a dos hombres justos como testigos para probar su dicho, en las siguientes condiciones se acepta su reclamo:Si tiene sólo a un hombre justo como testigo, deberá realizar un juramento sobre la autenticidad de su dicho; y así le darán la propiedad reclamada.Si tiene a un hombre justo y dos mujeres justas como testigos, se le dará la propiedad reclamadaSi cuatro mujeres justas dan testimonio de lo que dice, se le dará la propiedad reclamada. Si tiene sólo a una mujer justa como testigo, se le dará un cuarto de la cantidad reclamada.Si tiene a dos mujeres justas como testigos, se le dará la mitad de la cantidad reclamada.Si tiene a tres mujeres justas como testigos, se le dará tres cuartas partes de la cantidad reclamada.Además, si en el momento del testamento no se ha encontrado ninguna persona musulmana como testigo, y el difunto no tuvo ningún remedio que tomar personas no-musulmanes como testigos, su testimonio será aceptado a condición de que sean dos hombres no-musulmanes que viven bajo la salvaguarda del Islam y que se consideren justos en su propia religión.