Contratar con otra persona para realizar el Hayy
N°.1740- Cualquiera puede ser contratado para realizar el Hayy en nombre de otra persona; a condición de que sepa las reglas del Hayy, aunque no lo haya realizado anteriormente. Sin embargo, si una persona es contratada para realizar el Hayy pero no es capaz de realizarlo, no puede asignar a otra persona sin el consentimiento del dueño.