N°.1427- Si una persona demente recupera su razón y su salud, no le será obligatorio realizar la compensación de los ayunos que no realizó durante su locura. Del mismo modo, si un no-musulmán abraza el Islam, no le es obligatorio realizar la compensación de los ayunos que no realizó antes de ser musulmán. Sin embargo, si un musulmán abandonase su religión y de nuevo vuelve a sus prácticas religiosas, él debe realizar la compensación de los ayunos del período durante el cual faltó.