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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 1830Las reglas aceca de Las sociedades

Dividir los beneficios y pérdidas de una sociedad en proporción al capital de los socios

N°.1830- Si los socios no han acordado sobre sus porciones, cada uno de ellos obtendrá pérdidas y ganancias en proporción a su capital en la asociación. Por lo tanto, la persona cuyo capital es dos veces más que el del otro socio, su beneficios y perdida en la sociedad será dos veces más que el resto. Sin embargo, ellos pueden acordar en que todos los socios tengan partes iguales de beneficio o pérdida, aunque el capital de algunos de ellos sea mayor que el resto.

Fatwa número 1831¿Quién puede realizar transacciones con el capital asociado?Las reglas aceca de Las sociedades

¿Quién puede realizar transacciones con el capital asociado?

N°.1831- Las partes de una sociedad, pueden establecer una condición en el contrato, de que los socios deben comprar y vender juntos o bien pueden permitir a algunos de los socios que realicen los negocios. En caso de no especificar esta autoridad en el contrato, ninguno de los socios puede realizar transacciones con el capital asociado, sin el consentimiento del otro.

Fatwa número 1832Las reglas aceca de Las sociedades

Observar las condiciones establecidas en el contrato de la sociedad

N°.1832- Aquel socio que es el encargado del manejo del capital de la Empresa, deberá actuar de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato de la sociedad. Por ejemplo, si el contrato declara que no debe vender a crédito, o no debe comprar de ciertas Empresas en particular, esta persona debe actuar de acuerdo con estas condiciones. Sin embargo, si no hay ninguna condición en el contrato en relación a la compra y venta, la persona puede realizar las transacciones en la forma ordinaria y habitual.

Fatwa número 1840¿Qué es el trueque?El Trueque

¿Qué es el trueque?

N°.1840- El trueque significa llegar a un acuerdo con alguien, en los asuntos financieros que puedan dar lugar a una controversia o disputa; de modo que uno de ellos entrega al otro un bien o el beneficio del mismo a cambio de otro bien o su beneficio para terminar el conflicto; o bien pueden hacerlo simplemente a cambio de nada.

Fatwa número 1841Las regals y Condiciones del trueque

Condiciones del trueque

N°.1841- La persona que otorga algo a otra persona por medio del trueque, debe ser adulta, de sano juicio, y no debe estar obligada a hacerlo (debe hacerlo por voluntad propia). También, debe tener la autoridad para hacer uso de su propiedad.

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