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Fatwa número 1282Las leyes acerca de la Oración Colectiva

Inclinarse antes que el Imam

N° .1282- Si el orante por descuido se inclinase antes que el Imam, debe levantarse inmediatamente y alcanzar una parte de la recitación de las suras, y luego debe realizar la inclinación junto con el Imam. Pero si se levanta sin poder alcanzar ninguna parte de la recitación de las suras, según precaución obligatoria, deberá terminar la oración con el Imam y repetir esta oración más tarde.

Fatwa número 1284Las leyes acerca de la Oración Colectiva

Si el Imam se equivoca durante la oración colectiva

N° .1284-Si el Imam equivocadamente recitase el testimonio en un ciclo en que no correspondiera, o recitase el Qunut en un ciclo que no tiene Qunut, el orante no deberá realizarlos, sino que deberá esperar hasta que el Imam finalice el testimonio o el Qunut y luego debe continuar el resto de la oración junto con él, pero no debe adelantarse en la inclinación o en el siguiente ciclo cuando el Imam está recitando el Qunut o el testimonio indebidos. De hecho, en tales situaciones, el orante (si le es posible) debe tratar de avisarle al Imam de su error. (Por ejemplo puede señalarle diciendo un Zikr en voz alta)

Fatwa número 1757Negocios Ilícitos e inválidos

Carne adquirida en un país islámico

N°.1757- Son lícitas la compra y venta de carne adquirida de un musulmán o de un país islámico, pero si la persona está segura que aquel musulmán que vende la carne, la ha comprado de un incrédulo y no ha investigado si los animales fueron sacrificados según el rito islámico, la compra y venta son ilícitas y el negocio es inválido. Sin embargo, el cuero que se importa de los países no-islámicos, se considera puro y está permisible comprarlo, pero no se puede realizar la oración con ello.

Fatwa número 1759Negocios Ilícitos e inválidos

La compra y venta de los bienes usurpados

N°.1759- La compra y venta de un bien usurpado es ilícita e inválida, y el vendedor debe devolver el dinero al comprador. Si alguien compra un bien usurpado, debe darlo a su legítimo propietario, y en caso de que no conozca al propietario original, tiene que actuar de acuerdo con la opinión del Muytahid.

Fatwa número 1760Negocios Ilícitos e inválidos

Quien paga el precio de la mercancía con algo ilícito

N°.1760- Si el comprador, desde el principio, no tiene la intención de pagar el precio de la mercancía, o tiene la intención de pagar el precio de la mercancía con algo ilícito, la venta es incorrecta. Pero si no tiene esta intención desde el principio, la venta es correcta, pero debe pagar el precio de la mercancía con una propiedad lícita, aunque lo hubiera pagado anteriormente con algo ilícito.

Fatwa número 1763Negocios Ilícitos e inválidos

La compra y venta de estatuas

N°.1763- No está permitido hacer, comprar o vender estatuas. Sin embargo, se permite la compra y venta de cosas que tienen sobre ellas imágenes en relieve. También, está permitida la compra y la venta de muñecos que se utilizan como juguetes.

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