Especificar el período del pago en la venta a crédito
N°.1797- Cuando algo se vende a crédito, el comprador y el vendedor deben especificar el período del pago, y si la fecha no es fija, la transacción es inválida.
N°.1797- Cuando algo se vende a crédito, el comprador y el vendedor deben especificar el período del pago, y si la fecha no es fija, la transacción es inválida.
N°.1798- Si una mercancía se vende a crédito, el vendedor no puede solicitar el precio de su mercancía antes de que se expire el plazo especificado para el pago. Sin embargo, si el comprador muere, el vendedor podrá solicitar su dinero a los herederos del difunto, aunque el plazo especificado no haya expirado.
N°.1799- Si después de la expiración del plazo fijado en una venta a crédito, el comprador no puede pagar el precio, el vendedor debe darle más tiempo.
N°.1800- El vendedor puede asignar dos precios diferentes para una mercancía que se vende de dos maneras: en efectivo y a crédito. Por ejemplo, puede asignar un precio más alto para la mercancía que se vende a crédito y esto no se considera usura, a condición de que hubiera acordado con el comprador sobre este precio.
N°.1801- Si una persona vende su mercancía a crédito, puede acordar con el comprador sobre un precio más bajo y recibir su dinero en efectivo.
N°.1802- La compra anticipada es una transacción en la que el comprador paga el precio de una mercancía, y la recibe posteriormente en una fecha determinada. A condición; de que las dos partes acuerden sobre ella.
N°.1803- El vendedor puede vender cualquier mercancía en forma anticipada, y recibir más tarde su precio; ya sea dinero u otra mercancía, pero no puede vender dinero en forma anticipada a cambio de un dinero que se vaya a pagar más tarde.
N°.1804- Hay seis condiciones para las transacciones que se realizan en forma anticipada:1. Las cualidades y características de la mercancía, las cuales afectan el precio de la misma deben ser claras y bien especificadas. Por esta razón, es inválida la compra anticipada de mercancía cuyas características no se pueden describir (por ejemplo, algunos tipos de cueros, carne y alfombras).2- El precio de la mercancía debe ser pagado al vendedor en el momento de establecer el contrato (por ejemplo antes de que el comprador y el vendedor se separen). Si el comprador paga una parte del precio de la mercancía y deja el resto para más tarde, la transacción será válida, pero el vendedor tendrá el derecho de cancelar la transacción.3. El plazo del pago debe especificarse con precisión. No se pueden fijar fechas indeterminadas para el pago, por ejemplo si el vendedor dice que va a pagar la mercancía en el tiempo de la cosecha, esta transacción será inválida ya que el tiempo de la cosecha, no se conoce con exactitud.4. El tiempo que se fija para la entrega de la mercancía, debe ser cuando la mercancía está disponible.5- Según la precaución obligatoria, las dos partes deben especificar el lugar donde se entregará la mercancía (i.e. la ciudad y el distrito).6- Las dos partes deben especificar el peso o el volumen de la mercancía. Y, en caso de que se venda una mercancía que no se compra por peso o volumen sino mediante la observación, (como diversos tipos de alfombras), el vendedor debe mencionar sus características.
N°.1805- No está permitido vender la mercancía que se ha comprado en forma anticipada antes de que expire el plazo estipulado para la entrega. Sin embargo, se puede vender después de la expiración del plazo estipulado, a pesar de que el primer vendedor aún no hubiera entregado la mercancía.
N°.1806- Si en una compra anticipada, el vendedor entrega una mercancía de mejor calidad que la acordada (es decir, una mercancía que posee otras cualidades además de todas las características mencionadas en el contrato), el comprador debe aceptarla. Sin embargo, si faltan algunas de las características incluidas en el acuerdo, el comprador puede rechazarla.
N°.1807- Si el vendedor le entrega al comprador una mercancía diferente a la acordada, o una mercancía de calidad inferior a la que se acordó, el comprador tendrá la opción de aceptarla o rechazarla. En caso de aceptarla, la transacción se considera válida.
N°.1808- Si la mercancía que se vendió en forma anticipada no se encontrase en el momento que debe ser entregada, y el vendedor no pudiese suministrarla, el comprador tiene dos opciones: esperar hasta que el vendedor pueda entregarla o cancelar la transacción y recuperar su dinero.