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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 1935Reglas acerca de Yu’alah

Cancelar el acuerdo Yu’alah

N°.1935- Cualquiera de las partes puede cancelar el acuerdo Yu’alah antes de que comience el trabajo. También, pueden cancelarlo después de que comience el trabajo, y antes de que se finalice la tarea. Sin embargo, en este caso, si el solicitante cancela el acuerdo, debe pagar el salario al ejecutor de la tarea, en la medida del trabajo que ha hecho.

Fatwa número 1936Reglas acerca de Yu’alah

Dejar la tarea incompleta

N°.1936- El ejecutor de la tarea puede dejar la tarea incompleta cuando quiera, salvo cuando renunciar a la tarea tiene algún daño para el solicitante. Por ejemplo, el cirujano no debe dejar la operación incompleta después de iniciarla. Si la deja incompleta, no merece ningún salario; y al mismo tiempo será responsable por cualquier daño que haya causado al paciente.

Fatwa número 1937Reglas acerca de Yu’alah

El salario por un trabajo incompleto

N°.1937- Si el ejecutor deja un trabajo incompleto, no merece ningún salario. Por ejemplo, si busca algún objeto desaparecido y deja de buscar antes de que lo encuentre no puede pedir el salario al solicitante. Sin embargo, si el solicitante ha declarado que va a pagar el salario por cualquier cantidad del trabajo (aunque no se finalice), el ejecutor merece el salario en la medida del trabajo realizado. Por ejemplo, en este caso, si un sastre cose una camisa en forma incompleta, merece un salario en la medida del trabajo que ha hecho.

Fatwa número 1938Préstamo

La recompensa de dar un préstamo

N°.1938- Dar un préstamo, es uno de los actos más preferibles que se han recomendado en el Sagrado Corán y en las narraciones de los Infalibles (P). Se ha transmitido del Profeta Muhammad (PBD) que dijo: “Quien le otorga un préstamo a su hermano musulmán, su riqueza se acrecienta y los ángeles le mandan bendiciones; y quien trata al deudor con cordialidad y paciencia atravesará el Puente de Sirat (en el Más Allá) sin rendir cuentas y de forma rápida; y el Paraíso le será prohibido a quien le niega un préstamo a su hermano musulmán.” También hay otra narración que dice: "La recompensa de dar Sadaqa (limosna) es diez veces más (que la limosna pagada), y la recompensa por el préstamo es dieciocho veces más (que el préstamo pagado).

Fatwa número 1939Condiciones para el Préstamo

Intención del préstamo

N°.1939- El préstamo no necesita un formulario verbal. Será válido el préstamo cuando una persona da algo a otra persona con la intención de prestárselo, y aquella persona lo toma con la intención de aceptarlo.

Fatwa número 1940Condiciones para el Préstamo

Las condiciones del préstamo

N°.1940- El objeto que se presta y su cantidad deben ser especificados. También, tanto el acreedor como el deudor deben ser adultos y de sano juicio, y no deben estar inhabilitados para disponer de su propiedad. Las dos partes deben actuar con su propia voluntad e intención, y no deben estar obligados por la fuerza a dar o a recibir el préstamo.

Fatwa número 1941¿Cuándo el acreedor puede solicitar la devolución del préstamo?Reglas acerca del préstamo

¿Cuándo el acreedor puede solicitar la devolución del préstamo?

N°.1941- Si un plazo de tiempo está fijado para la devolución del préstamo, el acreedor no puede solicitar la devolución del préstamo antes de la expiración de dicho plazo. Sin embargo, si no se ha fijado tal período, el acreedor puede solicitar la devolución del préstamo en cualquier momento que desee.

Fatwa número 1943Reglas acerca del préstamo

La devolución del préstamo después de la expiración del tiempo fijado

N°.1943- Si el acreedor solicita su propiedad después de la expiración del plazo fijado, el deudor debe devolvérsela de inmediato, y en caso de demorar en el pago, ha cometido un pecado. Sin embargo, si el deudor no posee nada más que la casa donde reside y otros objetos esenciales para la vida, el acreedor debe esperar y no puede obligarlo a vender las cosas esenciales de su vida. Sin embargo, el deudor debe esforzarse para pagar su deuda lo antes posible, a través del comercio, el trabajo u otras formas legales de ganar dinero para poder pagar su deuda.

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