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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 2422Operaciones bancarias

El interés que se cobra por un préstamo bancario

N°.2422- El banco no debe cobrar de sus deudores una cantidad adicional de lo que les ha pagado como préstamo, salvo que haya establecido un contrato islámico con el cliente y que reciba esta cantidad adicional como la ganancia de ese contrato. De lo contrario, el interés que se cobra por un préstamo bancario se considera usura y es ilícito.

Fatwa número 2304Juramento

El juramento falso o verdadero

N°.2304- La persona que jura para probar algo, ha cometido un acto desaconsejable, aunque el asunto que quiere probar sea verdadero. Si alguien jura para probar algo falso ha cometido un acto ilícito que se considera entre los pecados grandes, a excepción de que la persona se vea obligada a hacer un juramento falso con el fin de salvarse a sí misma; o a otro creyente de un opresor; ya que es obligatorio salvar la vida de los musulmanes. Si una persona hace un juramento falso para probar un asunto, no tendrá que realizar la expiación aunque ha cometido un pecado. Pero, si una persona jura realizar un acto y no lo cumple, debe realizar la expiación.

Fatwa número 2304Juramento

El juramento obligatorio o prohibido

N°.2304- La persona que jura para probar algo, ha cometido un acto desaconsejable, aunque el asunto que quiere probar sea verdadero. Si alguien jura para probar algo falso ha cometido un acto ilícito que se considera entre los pecados grandes, a excepción de que la persona se vea obligada a hacer un juramento falso con el fin de salvarse a sí misma; o a otro creyente de un opresor; ya que es obligatorio salvar la vida de los musulmanes. Si una persona hace un juramento falso para probar un asunto, no tendrá que realizar la expiación aunque ha cometido un pecado. Pero, si una persona jura realizar un acto y no lo cumple, debe realizar la expiación.

Fatwa número 792Ser lícito

El lugar de la oración debe ser lícito

N° .792- Según la precaución obligatoria, el lugar de la oración debe ser lícito; por lo tanto, la oración de la persona que reza en una propiedad o alfombra usurpada es incorrecta; la misma ley existe para un lugar donde el orante no tiene derecho para entrar (por ejemplo cuando la casa es del orante y está alquilada a otra persona).

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