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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 1324La intención del ayuno

La anestesia en el mes de Ramadán

N°.1324- Si una persona hace la intención del ayuno antes del Azan del alba, y luego queda inconsciente y se recupera durante el día, según la precaución obligatoria, debe completar el ayuno de ese día y también debe repetirlo fuera del mes de Ramadán como compensación.

Fatwa número 1325La intención del ayuno

Quien desconoce que está en el mes de Ramadán

N°.1325- Si una persona no ayuna debido a que no sabía o se había olvidado de que está en el mes de Ramadán, y se da cuenta de ello después del mediodía o antes del mediodía mientras que ha hecho algún acto que invalida el ayuno, debe respetar al mes del Ramadán absteniéndose ese día hasta el ocaso de las cosas que anulan el ayuno, y luego del mes de Ramadán debe recuperar el ayuno no realizado.

Fatwa número 1326La intención del ayuno

El niño que llega a la adultez en el mes de Ramadán

N°.1326- Si un niño llega a la pubertad antes del Azan de la oración del alba (en el mes de Ramadán) debe ayunar. Si se convierte en adulto después del Azan de la oración del alba, según la precaución obligatoria, debe ayunar ese día, pero también debe recuperarlo después del mes de Ramadán.

Fatwa número 1327La intención del ayuno

Quien no ha realizado algunos ayunos obligatorios no puede realizar ayunos recomendables

N°.1327- No es permisible para una persona que aún debe algunos ayunos obligatorios, realizar ayunos recomendables hasta que realice la compensación de los ayunos no realizados. Si esta persona, por olvido realiza un ayuno recomendable, y se da cuenta antes del mediodía de que aún tiene algunos ayunos omitidos del mes de Ramadán, puede cambiar su intención a ayuno compensatorio. Sin embargo, si se da cuenta de ello después del mediodía, su ayuno será incorrecto.

Fatwa número 1329La intención del ayuno

El ayuno por juramento o promesa

N°.1329- La persona que por un juramento debe ayunar en un día determinado fuera del mes de Ramadán, tiene que poner la intención de ello antes del Azan del alba. Si se olvida de hacerlo, puede hacer la intención antes del mediodía, a condición de que no hubiera hecho ningún acto que anule el ayuno.

Fatwa número 1330La intención del ayuno

Los ayunos que no tienen un tiempo determinado

N°.1330- Está permitido poner la intención de cualquier ayuno obligatorio que no tiene un tiempo determinado (como los ayunos compensatorios y los ayunos por expiación) antes del mediodía, a condición de que la persona no hubiera hecho ningún acto que anule el ayuno durante el día.

Fatwa número 1331 La intención del ayuno

El ayuno para un no-musulmán que se convierte en musulmán durante el mes de Ramadán

N°.1331- Si un no-musulmán se convierte en musulmán durante el mes de Ramadán y antes del mediodía de ese día, según la precaución obligatoria, debe ayunar este día, a condición de que no haya realizado ningún acto que invalide el ayuno. Del mismo modo, si un enfermo se recupera de su enfermedad antes del mediodía en el mes de Ramadán; y no ha hecho ningún acto que invalide el ayuno, debe hacer la intención del ayuno en aquel día y también, como una precaución obligatoria, luego del mes de Ramadán debe recuperar el ayuno de aquel día. Pero, si se recupera después del mediodía, no estará obligado a realizar el ayuno de aquel día; sino que debe realizar la compensación de ello luego del mes de Ramadán.

Fatwa número 1332La intención del ayuno

La intención de romper el ayuno del mes de Ramadán

N°.1332- El día en que la persona tiene dudas sobre si está en el último día del mes de Sha"ban o en el primer día del mes de Ramadán no es obligatorio ayunar. Sin embargo, si la persona quiere ayunar ese día, puede hacer la intención de ayuno del mes de Sha’ban o de un ayuno compensatorio. Entonces, si más tarde se entera de que en realidad era el primer día de Ramadán, el ayuno de ese día se cuenta como ayuno de Ramadán. Sin embargo, si se entera durante el día, que es el primer día del mes de Ramadán, debe cambiar inmediatamente su intención a la del ayuno del mes de Ramadán.

Fatwa número 1333La intención del ayuno

La intención de romper los ayunos recomendables y compensatorios

N°.1333- Si durante el ayuno del mes de Ramadán, el ayunante hace la intención de romper su ayuno durante el día (por ejemplo, si decide comer algo o cometer un acto que anula el ayuno), su ayuno será anulado, aunque todavía no lo hubiera cometido. Sin embargo, si equivocadamente hace la intención de cometer algo que anula el ayuno (no teniendo en cuenta que ese acto anula el ayuno), su ayuno no será invalidado.

Fatwa número 1334La intención del ayuno

La intención de romper los ayunos recomendables y compensatorios

N°.1334- Si durante un ayuno recomendable o un ayuno obligatorio que no tiene un tiempo determinado (por ejemplo, un ayuno compensatorio), el ayunante hace la intención de romper el ayuno, su ayuno no será anulado hasta que cometa un acto que invalida el ayuno, a condición de que renueve su intención del ayuno antes del mediodía.

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