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Fatwa número 2298 Reglas acerca del Voto

El voto requiere de una fórmula

N°.2298- El voto y la promesa tienen las mismas leyes, a condición de que la persona haya pronunciado una fórmula para su voto. Por ejemplo diga: “Hago un voto por Dios que haré tal y tal obra buena”.

Fatwa número 2298Reglas acerca del Voto

Prometer realizar una obra buena

N°.2298- El voto y la promesa tienen las mismas leyes, a condición de que la persona haya pronunciado una fórmula para su voto. Por ejemplo diga: “Hago un voto por Dios que haré tal y tal obra buena”.

Fatwa número 2299Reglas acerca del Voto

La expiación por no cumplir el voto

N°.2299- Si una persona voluntariamente no cumple con su voto deberá realizar una de las expiaciones siguientes: 1- Dar de comer a sesenta pobres;2- Ayunar dos meses continuos (sin interrupciones durante los primeros 31 días);3- Liberar a un esclavo.Sin embargo, hoy en día, donde no hay esclavos para liberar, la persona sólo puede realizar las otras dos expiaciones.

Fatwa número 2300Juramento

Las condiciones de la validez del juramento

N°.2300- Si una persona hace un juramento bajo las siguientes condiciones, deberá cumplirlo, si no cumple con su juramento, deberá realizar la expiación. Las condiciones para la validez del juramento son las siguientes:1- La persona que jura debe ser adulta y de sano juicio. También, si quiere jurar sobre sus bienes no debe ser demente ni estar legalmente inhabilitada para disponer de su propiedad, y debe hacer el juramento con su propia voluntad sin estar coaccionada. Por lo tanto, el juramento de una persona loca, menor de edad o una persona que jura involuntariamente en el momento de su furia, no tiene validez.2- No se debe jurar realizar algún acto ilícito o desaconsejable, tampoco se puede jurar dejar de cumplir una obra obligatoria o recomendable. La persona no debe jurar realizar un acto desaconsejable o abandonar un acto preferible. 3- La validez del juramento está sujeta a que la persona jure con un Nombre de Dios, como “Allah”, “Dios” o cualquier otro nombre que se refiera a Él. (Por ejemplo diga: “Juro por Dios que haré tal y tal”).4- El juramento debe ser pronunciado verbalmente y no tendrá validez si se pasa sólo por la mente. Sin embargo, si alguien escribe un juramento sin pronunciarlo verbalmente, la precaución obligatoria es que lo cumpla. Es de hacer notar; que una persona sordomuda puede jurar por señas, y esto es válido a pesar de que no sea pronunciado verbalmente. 5- La persona que jura debe tener la posibilidad de cumplir con el juramento. Si es incapaz para cumplirlo, su juramento es inválido.

Fatwa número 2302Juramento

La expiación por no cumplir el juramento

N°.2302- Si una persona voluntariamente no cumple con su juramento, deberá realizar la reparación expiatoria. La reparación expiatoria para el juramento puede ser una de las siguientes opciones:1- Liberar a un esclavo, 2- Dar de comer a diez pobres,3- Vestir a diez pobres.Es de hacer notar; que hoy en día, donde no hay esclavos para liberar, la persona sólo puede realizar las otras expiaciones. Sin embargo, si una persona no puede cumplir con ninguna de estas opciones, puede realizar tres días de ayuno.

Fatwa número 2304Juramento

El juramento falso o verdadero

N°.2304- La persona que jura para probar algo, ha cometido un acto desaconsejable, aunque el asunto que quiere probar sea verdadero. Si alguien jura para probar algo falso ha cometido un acto ilícito que se considera entre los pecados grandes, a excepción de que la persona se vea obligada a hacer un juramento falso con el fin de salvarse a sí misma; o a otro creyente de un opresor; ya que es obligatorio salvar la vida de los musulmanes. Si una persona hace un juramento falso para probar un asunto, no tendrá que realizar la expiación aunque ha cometido un pecado. Pero, si una persona jura realizar un acto y no lo cumple, debe realizar la expiación.

Fatwa número 2304Juramento

El juramento obligatorio o prohibido

N°.2304- La persona que jura para probar algo, ha cometido un acto desaconsejable, aunque el asunto que quiere probar sea verdadero. Si alguien jura para probar algo falso ha cometido un acto ilícito que se considera entre los pecados grandes, a excepción de que la persona se vea obligada a hacer un juramento falso con el fin de salvarse a sí misma; o a otro creyente de un opresor; ya que es obligatorio salvar la vida de los musulmanes. Si una persona hace un juramento falso para probar un asunto, no tendrá que realizar la expiación aunque ha cometido un pecado. Pero, si una persona jura realizar un acto y no lo cumple, debe realizar la expiación.

Fatwa número 2305Reglas acerca de la Donación (Waqf)

La propiedad que se dona como Waqf

N°.2305- Si una persona dona algo como Waqf, este objeto o bien donado sale de su propiedad. Entonces, ni él ni otras personas pueden venderlo o regalarlo, y nadie puede heredarlo. Sin embargo, en algunos casos, bajo algunas condiciones, se permite vender la propiedad donada como Waqf.

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