No escriba más de tres preguntas en cada mensaje

Por favor escriba sus preguntas en breve y no use largas frases

Por favor no pida interpretación de sueños o Istijara

captcha
انصراف
انصراف
Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 1426Reglas acerca del ayuno compensatorio

خوردن در صورت شک در صبح

N°.1426- Si el ayunante tiene duda si ha llegado el ocaso o no, no puede terminar su ayuno. Si lo hace sin tener certeza de la llegada del ocaso, debe realizar tanto la compensación como la expiación del ayuno. No obstante, si una persona en el mes de Ramadán duda de si ha llegado el alba o no, aún puede hacer los actos que invalidan el ayuno.

Fatwa número 1427)¿Acaso los dementes que se recuperan y los no musulmanes que aceptan el Islam deben compensar los ayunos no realizados? Reglas acerca del ayuno compensatorio

N°.1427- Si una persona demente recupera su razón y su salud, no le será obligatorio realizar la compensación de los ayunos que no realizó durante su locura. Del mismo modo, si un no-musulmán abraza el Islam, no le es obligatorio realizar la compensación de los ayunos que no realizó antes de ser musulmán. Sin embargo, si un musulmán abandonase su religión y de nuevo vuelve a sus prácticas religiosas, él debe realizar la compensación de los ayunos del período durante el cual faltó.

Fatwa número 1429Reglas acerca del ayuno compensatorio

La duda sobre el número de los ayunos no realizados

N°.1429- Es obligatorio compensar los ayunos no realizados debido a viajes, enfermedad, etc. sin embargo, si una persona no recuerda el número exacto de los ayunos no realizados, será suficiente que realice la compensación de los ayunos que está segura que no ha realizado, no obstante, según la precaución recomendable, es mejor que compense el mayor número que supone.

Fatwa número 1431)¿Se puede romper un ayuno compensatorio? Reglas acerca del ayuno compensatorio

N°.1431- Una persona que realiza un ayuno compensatorio del mes de Ramadán puede romper su ayuno antes del mediodía siempre y cuando el tiempo para la compensación del ayuno no sea corto, pero no está permitido romper el ayuno compensatorio después del mediodía.

Fatwa número 1433Reglas acerca del ayuno compensatorio

La persona que no puede compensar los ayunos no realizados hasta el próximo año

N°.1433- Si una persona no ayunase en el mes de Ramadán, debido a una enfermedad y su enfermedad continúa hasta el próximo Ramadán, no le será obligatorio compensar los ayunos que no había realizado, pero por cada ayuno no realizado debe dar 750 gramos de comida (trigo, cebada, etc.) a una persona indigente. Sin embargo, si una persona no ha realizado algunos ayunos debido a otra excusa, como estar de viaje, y su excusa continua hasta el próximo Ramadán, según la precaución obligatoria, debe compensar los ayunos no realizados después del mes de Ramadán, y también debe pagar por cada ayuno no realizado 750 gramos de comida a una persona indigente.

Fatwa número 1435Reglas acerca del ayuno compensatorio

Un enfermo cuya enfermedad dura varios años

N°.1435- Si la enfermedad de una persona dura varios años, cuando se recupera, sólo debe compensar los ayunos del último mes de Ramadán, a condición de que tuviera tiempo para recuperarlos hasta el próximo mes de Ramadán. Además, por cada ayuno no realizado de los años anteriores debe dar 750 gramos de comida a una persona indigente.

قرآن و تفسیر نمونه
مفاتیح نوین
نهج البلاغه
پاسخگویی آنلاین به مسائل شرعی و اعتقادی
آیین رحمت، معارف اسلامی و پاسخ به شبهات اعتقادی
احکام شرعی و مسائل فقهی
کتابخانه مکارم الآثار
خبرگزاری رسمی دفتر آیت الله العظمی مکارم شیرازی
مدرس، دروس خارج فقه و اصول و اخلاق و تفسیر
تصاویر
ویدئوها و محتوای بصری
پایگاه اطلاع رسانی دفتر حضرت آیت الله العظمی مکارم شیرازی مدظله العالی
انتشارات امام علی علیه السلام
زائرسرای امام باقر و امام صادق علیه السلام مشهد مقدس
کودک و نوجوان
آثارخانه فقاهت