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Fatwa número 439 El coito con la mujer menstruante

El coito con la mujer menstruante

N° .439- El coito durante el período menstrual está prohibido tanto para el hombre como para la mujer. Si el hombre realizara el coito con su esposa durante este período es recomendable pagar la expiación; esta expiación se calcula de la siguiente forma:Para el coito durante el primer tercio del periodo, se debe pagar 4.7 gramos de oro.Para el coito durante el segundo tercio del periodo, se debe pagar 3.35 gramos de oro.Para el coito durante el último tercio del periodo, se debe pagar 1.175 gramos de oro.Por ejemplo, si el periodo dura 6 días, el pago expiatorio de los primeros 2 días es de 4.7 gramos de oro, el pago expiatorio del tercer y del cuarto día es de 3.35 gramos de oro y el pago expiatorio del quin to y del sexto día es de 1.175 gramos de oro.

Fatwa número 449Las reglas acerca de la mujer menstruante

Los actos que se permiten después de la purificación de la menstruación

N° .449- Después de la purificación de la menstruación, el divorcio y el coito estarán permitidos para la mujer, aunque la precaución recomendable es abstenerse del coito antes de realizar el baño completo; sin embargo, según la precaución obligatoria, los otros actos prohibidos durante la menstruación como la permanencia en la mezquita y tocar la escritura del Corán no estarán permitidos para ella hasta que realice el baño completo.