Quien se olvida de que está en estado de ayuno y realiza el coito
N°.1346- Si una persona se olvida de que está en estado de ayuno y lleva a cabo relaciones sexuales, su ayuno no queda anulado. Sin embargo, debe dejar este acto tan pronto como se dé cuenta de que está en estado de ayuno; pero si lo continúa, su ayuno quedará anulado.
La eyaculación voluntaria
N°.1347- Si el ayunante, voluntariamente hace algo que provoca la eyaculación, su ayuno queda anulado. Pero, el ayuno no se anula por la eyaculación involuntaria; por ejemplo, si el semen se manifiesta durante el sueño, el ayuno no queda anulado.
La eyaculación durante el sueño
N°.1348- El ayuno no será anulado por la eyaculación durante el sueño, incluso si el ayunante supiese que si duerme, es posible que eyacule.
La eyaculación durante el sueño
N°.1349- Si el ayunante se despertase en el momento en que eyacula durante el sueño, no necesita impedir la salida del semen.
Orinar después de la eyaculación
N°.1350- El ayunante que ha tenido una eyaculación durante el sueño, debe orinar antes de realizar el baño completo; con el fin de extraer el resto del semen que está en su órgano. En este caso, su ayuno no quedará anulado por la salida de las partículas del semen que salen con la orina. Sin embargo, si no orina antes de realizar el baño completo, y más tarde, el resto de las partículas del semen salen de su órgano, debe repetir el baño completo.
Orinar después de la eyaculación
N°.1351- No es obligatorio orinar después de la eyaculación, sino que es preferible hacerlo antes de realizar el baño completo, con el fin de limpiar el órgano masculino de las partículas del semen.
La masturbación
N°.1352- Si un ayunante intencionalmente trata de masturbarse, su ayuno quedará anulado, a pesar de que no salga el semen.
Relaciones conyugales
N°.1353- Si el ayunante sin tener la intención de llegar a la eyaculación jugase con su esposa, y casualmente eyacula semen aunque no lo esperaba, su ayuno se considera válido.
Mentir sobre Dios, los Profetas o los Imames
N°.1354- Según la precaución obligatoria, si el ayunante a través de una palabra, un dicho, un escrito, una indicación, etc., intencionalmente atribuye cosas falsas a Dios, a Su Profeta (PBD) o a los Imames Infalibles (P), su ayuno quedará anulado, aunque se arrepienta y pida perdón inmediatamente. La misma ley existe acerca de la mentira sobre otros Profetas (P) y la señora Fátima Al-Zahra (P).
Trasmitir un dicho desconocido de los Profetas o Imames
N°.1355- Si el ayunante quisiera transmitir algo que no sabe si es falso o verdadero (acerca de Dios o los profetas e Imames), deberá mencionar a los narradores o la fuente de este dicho. Por ejemplo, debe decir que tal narrador relata sobre el Profeta (PBD), o se ha escrito en tales libros que el Profeta (PBD) ha dicho que ...
El ayunante que atribuye un dicho que cree correcto a Dios o a los Profetas
N°.1356- Si un ayunante transmitiera algo de Dios o del Profeta (PBD) creyendo decir la verdad, y luego se entera de que era falso, su ayuno no quedará anulado. Por el contrario, si el ayunante dice algo sobre Dios o sobre el Profeta (PBD) creyendo decir una mentira y luego se entera de que era verdad, su ayuno no es correcto.