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Fatwa número 1316La intención del ayuno

La intención del ayuno

N°.1316- El ayuno es considerado uno de los actos de adoración; por lo tanto, es necesario hacer una intención para realizarlo. Para realizar la intención del ayuno, la persona no necesita decirla verbalmente; ni pasarla por su mente. Es suficiente, considerar que para cumplir la orden de Dios, va a abstenerse de las cosas que anulan el ayuno, desde el momento del Azan del Alba hasta el ocaso.

Fatwa número 1317La intención del ayuno

Realizar el ayuno durante todo su tiempo determinado

N°.1317- Según la precaución obligatoria, se debe iniciar la abstención de los actos que invalidan el ayuno un poco antes del Azan del Alba, y continuarla hasta de un poco después del ocaso, con el fin de asegurarse de haber ayunado correctamente durante todo su tiempo determinado.

Fatwa número 1318¿Cuándo se puede hacer la intención del ayuno?La intención del ayuno

¿Cuándo se puede hacer la intención del ayuno?

N°.1318- Es permitido, que el ayunante haga la intención en cada noche del mes de Ramadán para el ayuno del día siguiente. Sin embargo, es mejor que además de ello, el ayunante haga la del ayuno para todo el mes, en la primera noche del mes de Ramadán.

Fatwa número 1319La intención del ayuno

El tiempo para realizar la intención del ayuno

N°.1319- No hay un tiempo específico para hacer la intención del ayuno. De hecho, es suficiente con que alguien haga la intención en cualquier momento antes del Azan del alba. Por ejemplo, si alguien se levanta antes del alba para comer algo y prepararse para el ayuno, esto significa que tiene la intención de ayunar.

Fatwa número 1321La intención del ayuno

La persona que se olvida de hacer la intención del ayuno del mes de Ramadán

N°.1321- Si en el mes de Ramadán, la persona (quien no ha tenido anteriormente la intención del ayuno) se olvida de hacer la intención del ayuno, puede hacerla tan pronto como la recuerda, antes del Azan del mediodía, a condición de que la persona no hubiera cometido ningún acto que invalide el ayuno durante el día. Pero, si no hace la intención del ayuno antes del mediodía, su ayuno no será correcto.

Fatwa número 1322 La intención del ayuno

Especificar el tipo del ayuno

N°.1322- Si alguien va a realizar un ayuno fuera del mes de Ramadán, debe especificar el tipo del ayuno que va a realizar. Por ejemplo, debe especificarlo como un ayuno compensatorio o un ayuno para cumplir una promesa (Nazr) o un ayuno recomendable. Pero, en el mes de Ramadán será suficiente con tener la intención de ayunar el día siguiente (y no hace falta especificar el tipo del ayuno).

Fatwa número 1322La intención del ayuno

Especificar el tipo del ayuno que realiza el ayunante durante el mes de Ramadán

N°.1322- Si alguien va a realizar un ayuno fuera del mes de Ramadán, debe especificar el tipo del ayuno que va a realizar. Por ejemplo, debe especificarlo como un ayuno compensatorio o un ayuno para cumplir una promesa (Nazr) o un ayuno recomendable. Pero, en el mes de Ramadán será suficiente con tener la intención de ayunar el día siguiente (y no hace falta especificar el tipo del ayuno).

Fatwa número 1324La intención del ayuno

La anestesia en el mes de Ramadán

N°.1324- Si una persona hace la intención del ayuno antes del Azan del alba, y luego queda inconsciente y se recupera durante el día, según la precaución obligatoria, debe completar el ayuno de ese día y también debe repetirlo fuera del mes de Ramadán como compensación.

Fatwa número 1325La intención del ayuno

Quien desconoce que está en el mes de Ramadán

N°.1325- Si una persona no ayuna debido a que no sabía o se había olvidado de que está en el mes de Ramadán, y se da cuenta de ello después del mediodía o antes del mediodía mientras que ha hecho algún acto que invalida el ayuno, debe respetar al mes del Ramadán absteniéndose ese día hasta el ocaso de las cosas que anulan el ayuno, y luego del mes de Ramadán debe recuperar el ayuno no realizado.

Fatwa número 1326La intención del ayuno

El niño que llega a la adultez en el mes de Ramadán

N°.1326- Si un niño llega a la pubertad antes del Azan de la oración del alba (en el mes de Ramadán) debe ayunar. Si se convierte en adulto después del Azan de la oración del alba, según la precaución obligatoria, debe ayunar ese día, pero también debe recuperarlo después del mes de Ramadán.

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