La impureza de una parte de los labios
N° .237- Si se impurifica una parte de los labios sobre lo cual dudamos si es una parte interna de la boca o externa de ella, debemos lavarla.
N° .237- Si se impurifica una parte de los labios sobre lo cual dudamos si es una parte interna de la boca o externa de ella, debemos lavarla.
N° .238- Cuando se asienta el polvo impuro sobre un objeto como el cuerpo y la ropa, estos no se impurifican, a condición de que el polvo y el objeto estén secos, o que sólo tengan poca humedad intransmisible, o que dudemos de la impureza del polvo o de la humedad del objeto, en estos casos es suficiente quitarlo; pero si uno de ellos está húmedo, se impurifica.
N° .239- Si un animal se acostumbra a comer el excremento del hombre, su orina y su excremento serán impuros y su carne será ilícita. Para la depuración de ese animal se debe cebarlo con alimento puro por un período que varía dependiendo del tipo de animal; el camello se depura en 40 días, la vaca en 30 días, el cordero en 10 días, el pato en 5 días, la gallina en 3 días y para otros animales es suficiente depurarlos en un período hasta que no se consideren como animales que se alimentan de impurezas.
N° .240- A veces en los gallineros se ceban a las gallinas con un tipo de alimento mixto con polvo de sangre de modo que las gallinas crecen con este alimento, en este caso, los líquidos de la gallina no serán impuros, además, la carne y el huevo de la gallina no serán ilícitos, pero es mejor abstenerse de la carne y del huevo de tal gallina.
N° .241- Si un animal se alimenta de otras impurezas a excepción del excremento del hombre, la orina y el excremento del animal no serán impuros, y tampoco será ilícita su carne, excepto la de un animal alimentado y criado por la leche de la cerda, la carne de este animal será completamente ilícita.
N° .242- Si se impurifica una pertenencia de un musulmán como la ropa y este musulmán está informado de ello y luego se ausenta, las otras personas pueden considerar este objeto puro pensando que quizás lo haya purificado, a condición de que esta pertenencia sea una de las cosas que deben ser puras, como la ropa en la cual reza, el alimento o el recipiente en él que come.
N° .243- Cuando una o dos personas justas dicen que un objeto se ha purificado, su testimonio debe ser aceptado, igualmente debemos aceptar el testimonio de la persona que sostiene algo y que confirma la purificación de ello; también cuando sabemos que un musulmán lo ha purificado, aunque no sabemos si lo ha hecho correctamente o no, en estos casos, el objeto se considera puro.
N° .244- Se acepta el testimonio de los trabajadores de las lavanderías musulmanas acerca de la pureza de las ropas lavadas por ellos.
N° .245- Las personas escrupulosas que fácilmente obtienen certeza acerca de la impureza de uno o varios objetos, y que aun habiéndolo(s) lavado, no obtienen fácilmente la certeza acerca del estado de la pureza, no deben fijarse en sus certezas, sino que deben prestar atención y actuar como la gente normal, con respecto a la certeza acerca de la pureza o la impureza.
N° .246- Está prohibido usar los recipientes fabricados con piel de cadáver de un animal puro que no es sacrificado islámicamente, o la de un animal impuro como el perro y el cerdo. Está prohibido utilizarlos para comer, beber, hacer la ablución, realizar el baño completo, etc. Pero hay la posibilidad de usarlos para los usos en los cuales no es necesaria la pureza, por ejemplo para el regado de la finca o el cebado de los animales, aunque abstenerse de ellos es de precaución recomendable.
N° .247- Está prohibido usar los recipientes de oro o de plata para cualquier uso como el comer y el beber e incluso según la precaución obligatoria está prohibido usarlos para adornar o decorar la habitación.
N° .248- Es de precaución obligatoria abstenerse de fabricar recipientes de oro o de plata y también abstenerse del salario pagado por ello, además, la permisibilidad de la venta y la compra de estos recipientes y lo que se paga por ellos es cuestionable.