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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 2412Defensa

Defender contra las invasiones a los países islámicos

N°.2412- Si los musulmanes temen que los enemigos planeen conquistar los países musulmanes, ya sea directa o indirectamente a través de sus agentes, dentro o fuera del territorio islámico, es obligatorio para todas las personas maduras que se levanten en contra de ellos y utilicen todos los medios disponibles para defender a los países musulmanes.

Fatwa número 2413Defensa

Evitar la influencia de los países no-musulmanes

N°.2413- Si existe el temor de que a través de la expansión de la influencia política, económica y comercial con los países extranjeros, los enemigos puedan dominar los países islámicos, será obligatorio para todos los musulmanes evitar esta influencia. También, el establecimiento de las relaciones políticas con los países no-musulmanes, no debe dar lugar a la debilidad de los musulmanes frente a sus enemigos, ni a la dependencia económica.

Fatwa número 2414¿Cuándo es obligatorio encomendar el bien y prohibir el mal?La recomendación del bien y la prohibición del mal

¿Cuándo es obligatorio encomendar el bien y prohibir el mal?

N°.2414- Es obligatorio encomendar el bien y vedar el mal para todas las personas cuerdas y maduras, bajo las siguientes condiciones:1- La persona que desea encomendar el bien y prohibir el mal debe estar segura de que la otra parte a quien va dirigida la recomendación o prohibición está cometiendo un acto prohibido o abandona un acto obligatorio.2- Debe existir la posibilidad de que la recomendación del bien y la prohibición del mal tenga algún efecto, ya sea un efecto inmediato o gradual, completo o parcial. Por lo tanto, si la persona sabe que su recomendación no tendrá ningún efecto, no le será obligatorio hacerla.3- No debe haber ninguna consecuencia mala en el acto de la recomendación del bien y prohibición del mal. Por lo tanto, si la persona sabe o teme que por ordenar el bien o prohibir el mal le harán algún daño que amenace su vida, el honor o la propiedad de la misma o de otra persona, no le es obligatorio hacerlo. Sin embargo, si se trata de los asuntos que tienen mucha importancia en el Islam, como salvaguardar el Islam y el Corán, la independencia de los países islámicos o la protección de las leyes principales del Islam, la persona no debe prestar ninguna atención a los daños posibles y debe esforzarse por encomendar el bien y prohibir el mal a cualquier precio.

Fatwa número 2417La recomendación del bien y la prohibición del mal

Rechazar a los opresores

N°.2417- Si el silencio de los musulmanes y los sabios islámicos frente a la injusticia, da lugar al fortalecimiento o a la aceptación de los opresores, es obligatorio para todos los musulmanes declarar la verdad y rechazar la falsedad, aunque esta protesta no tenga un efecto inmediato.

Fatwa número 2419La recomendación del bien y la prohibición del mal

Las etapas de la recomendación del bien y la prohibición del mal

N°.2419- Existen diferentes etapas para la recomendación del bien y la prohibición del mal. En algunas de estas etapas, no se necesita el permiso del Muytahid y en algunos de ellos sí es requerido. La etapa que no requiere del permiso del Muytahid es la recomendación o la prohibición con la lengua, en forma de dar consejos a la persona, alejamiento de ella, ignorarla o cortar las relaciones con ella. Si estos métodos no sirven, se permite detener al pecador con palabras duras, pero sin ofensas. También, sería permitido usar la fuerza para eliminar los medios del pecado. Sin embargo, si se necesita golpear o herir a una persona, o destruir algunas propiedades para la recomendación del bien y la prohibición del mal, en este caso, el permiso del Muytahid es necesario; nadie está autorizado a tomar este tipo de acciones sin el permiso del Muytahid.

Fatwa número 2421Operaciones bancarias

Cobrar interés por el dinero que se deposita en una cuenta de ahorro

N°.2421- Se permite cobrar interés por el dinero que se deposita en una cuenta de ahorro, a condición de que las dos partes (el cliente y el banco) hayan establecido un contrato islámico (i.e. Muzaribah, asociación, etc.) y que el depositante esté seguro que el banco prácticamente lleva a cabo los acuerdos mutuos en forma islámica, y pague el interés como el beneficio del contrato.

Fatwa número 2422Operaciones bancarias

El interés que se cobra por un préstamo bancario

N°.2422- El banco no debe cobrar de sus deudores una cantidad adicional de lo que les ha pagado como préstamo, salvo que haya establecido un contrato islámico con el cliente y que reciba esta cantidad adicional como la ganancia de ese contrato. De lo contrario, el interés que se cobra por un préstamo bancario se considera usura y es ilícito.

Fatwa número 2423Operaciones bancarias

Si hay dinero ilícito en el banco

N°.2423- Si la persona sabe que en el banco existe tanto dinero lícito como dinero ilícito, pero no sabe si el dinero que retira del banco es el mismo dinero ilícito, puede hacer uso de ello. Sin embargo, si está segura de que el dinero que le paga el banco es el mismo dinero ilícito, no se le permite apropiarse de ello, sino que debe consultar con un Muytahid al respecto. Esta ley es aplicable tanto en los bancos de los países islámicos como en los de los países no-islámicos, ya sean bancos privados o públicos.

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