Designar a dos albaceas
N°.2345- El testador puede designar a otro albacea para que después de la muerte del primer albacea, ejecute su testamento.
N°.2345- El testador puede designar a otro albacea para que después de la muerte del primer albacea, ejecute su testamento.
N°.2346- Las deudas del difunto y los gastos para realizar las obligaciones que el difunto no ha cumplido durante su vida, tales como la peregrinación a La Meca (Hayy) el Azaque y el quin to (Jums), se deben deducir del total de sus bienes antes de dividir la herencia, aunque estas deudas no estén escritas en el testamento. Luego de deducir estas deudas, el resto de la propiedad se puede dividir entre los herederos. Sin embargo, si el difunto ha testado consumir una parte de su propiedad en algún asunto u otorgarla a alguien, esto se debe deducir del resto de la propiedad hasta un tercio de la misma, antes de dividirla entre los herederos.
N° .877- Es recomendable levantar las dos manos a la altura de las orejas en el momento de decir “Al-lâhu akbar”.
N° .878- Si el orante duda de haber dicho “Al-lâhu akbar” al comienzo de su oración, debe decirlo nuevamente con la condición de que no haya empezado la recitación de la Sura; pero si está a la mitad de la recitación, no debe prestar atención a su duda. Igualmente cuando el orante duda si ha pronunciado correctamente “Al-lâhu akbar”, no debe prestar atención a esta duda.
N° .879- Es una obligación esencial estar de pie en el momento de realizar el Takbiratul Ihrâm y también antes de proceder a la inclinación. Es obligatorio también estar parado mientras se recita la Sura, pero no es una obligación esencial.
N° .880- Si el orante se olvida de realizar la inclinación, debe levantarse y realizarla; pues el orante que está en la posición de sentado no puede realizar la inclinación olvidada de manera inmediata sin levantarse completamente, porque una de las obligaciones de la oración es estar en la posición de pie antes de realizar la inclinación.
N° .881- El orante cuando está en posición de pie no debe mover las piernas ni inclinarse a un lado ni tampoco apoyarse en algo; salvo cuando el orante tiene una excusa.
N° .882- Si el orante mueve de manera involuntaria o por olvido sus piernas o se inclina mientras está parado recitando la Sura, su oración no se invalida, pero si lo hiciera en el momento del Takbiratul Ihrâm o antes de la inclinación, debe repetir su oración según la precaución obligatoria.
N° .883- Si el orante reza sobre un pie, su oración es incorrecta.
N° .884- Si el orante separa sus piernas de forma que interrumpe la posición de pie, su oración será inválida, a excepción de que estuviera forzado a mantenerse así.
N° .885- Cuando el orante quiere moverse un poco durante la oración (ya sea hacia adelante o hacia atrás, o a la derecha o a la izquierda), no debe pronunciar nada mientras se mueve, a excepción de la frase “bi hawlil-lahi wa quwatihi aqumu wa aq’ud” que se recita mientras se levanta.
N° .886- Cuando la persona está recitando las frases obligatorias de la oración, debe mantener el cuerpo quieto; igualmente debe mantenerse así mientras se recita frases recomendables de la oración; pero si se mueve durante la recitación de las frases recomendables, su oración no queda inválida.