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Fatwa número 844Los casos en los cuales no es necesario recitar el Azan

Los casos en los cuales no es necesario recitar el Azan

N° .844- Según la precaución obligatoria, no se debe recitar el Azan en los casos siguientes:1- Para la oración de la tarde del día viernes cuando se realiza inmediatamente después de la oración del viernes.2- Para la oración de la tarde del día ‘Arafa (el noveno día del mes de Zul-Hayyah) cuando se realiza junto a la oración del mediodía.3- Para la oración de la noche (‘isha) del noveno día del mes de Zul-Hayyah cuando se realiza junto a la oración del ocaso. (Esta ley es aplicable sólo para los peregrinos del Hayy quienes están en la zona de Mash’ar al-Haram)4- La mujer en el estado de Istihada no debe recitar el Azan para las oraciones de la tarde cuando la realiza inmediatamente después de la oración del mediodía, ni para la oración de la noche (‘isha) cuando la realiza inmediatamente después de la oración del ocaso. La misma ley existe para un enfermo que no puede controlar la micción y evacuación.En general, cuando se realizan juntas dos oraciones diarias (como la oración del mediodía y de la tarde; y la oración del ocaso y de la noche), según la precaución obligatoria, el orante debe dejar de recitar el Azan de la segunda oración. Pero si cada una de las oraciones se realiza separadamente en su horario especial, se recomienda recitar el Azan y el Iqama para cada una de ellas.

Fatwa número 846Los casos en los cuales no es necesario recitar el Azan

El Azan y el Iqama antes del rompimiento de las filas de los orantes

N° .846- Si el orante concurriese a la mezquita para rezar, pero llegase a ésta cuando se ha terminado la oración, según la precaución obligatoria no debe recitar al Azan y el Iqama para su oración siempre y cuando las filas de los orantes no se hayan roto completamente; con la condición de que el resto de los orantes hubieran recitado anteriormente el Azan y el Iqama.

Fatwa número 855Las leyes sobre Azan y Las condiciones del recitador del Azan

La duda de haber recitado el Azan

N° .855- Si antes de recitar el Iqama la persona duda si ha recitado el Azan, debe volver y recitarlo nuevamente; pero si ocurre la misma duda mientras recita el Iqama, no debe prestar atención a esta duda. No obstante, si alguien duda que ha pronunciado incorrectamente una frase del Azan o del Iqama, según la precaución obligatoria, nuevamente debe volver y corregirla.