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Fatwa número 2283¿Se puede prometer realizar un acto natural?Reglas acerca del Nazr (Promesas y Compromisos)

¿Se puede prometer realizar un acto natural?

N°.2283- La obra prometida en el Nazr no debe ser un acto neutral que no tenga ninguna virtud, aunque sea lícito. Sin embargo, se puede prometer realizar un acto lícito que tiene fines o consecuencias preferibles. Por ejemplo, la persona puede prometer comer un alimento determinado con el fin de obtener fuerza para adorar a Dios, o puede prometer que abandonará comer un alimento determinado que le causa debilidad corporal al momento de la adoración.

Fatwa número 2298¿Qué es un voto?Reglas acerca del Voto

¿Qué es un voto?

N°.2298- El voto y la promesa tienen las mismas leyes, a condición de que la persona haya pronunciado una fórmula para su voto. Por ejemplo diga: “Hago un voto por Dios que haré tal y tal obra buena”.

Fatwa número 2321¿Cómo gastar los beneficios del Waqf?Reglas acerca de la Donación (Waqf)

¿Cómo gastar los beneficios del Waqf?

N°.2321- Si una propiedad es donada como Waqf para los gastos de una Mezquita, los beneficios de esta propiedad deben ser gastados de acuerdo con lo mencionado en la fórmula de donación. Si esto no se ha mencionado en la fórmula, el agente del Waqf puede decidir al respecto.

Fatwa número 2323¿Qué es un testamento?Testamento

¿Qué es un testamento?

N°.2323- El testamento manifiesta el deseo de una persona para que se realicen ciertos actos después de su fallecimiento. Por ejemplo, las preferencias que tiene para su mortaja, el lugar de su entierro y su funeral. También, puede recomendar que una parte de su propiedad se dé a otra persona después de su muerte o asignar a una persona como el tutor de sus hijos.

Fatwa número 2324¿Cómo hacer un testamento?Testamento

¿Cómo hacer un testamento?

N°.2324- Si una persona quiere hacer un testamento, puede hacerlo en forma verbal o escrita, sin embargo, si no es capaz de hablar o escribir, puede hacer entender su testamento por otro medio como señas.

Fatwa número 2340¿Acaso el albacea puede retirarse?Reglas acerca del testamento

¿Acaso el albacea puede retirarse?

N°.2340- Si una persona se entera de que es designada por alguien como su albacea, debe ejecutar su testamento. Pero, si no quiere aceptar esta responsabilidad, debe informarle al testador para que pueda designar a otra persona. Sin embargo, si no informa al testador o no se entera de ello hasta después de la muerte del testador, según la precaución obligatoria no debe rechazar esta responsabilidad, salvo que ésta tuviera mucha dificultad para ella. La misma ley es aplicable cuando el testador no puede encontrar a otra albacea.

Fatwa número 2344¿Acaso el albacea es responsable por la pérdida de la propiedad del difunto?Reglas acerca del testamento

¿Acaso el albacea es responsable por la pérdida de la propiedad del difunto?

N°.2344- Si toda la propiedad del difunto o una parte de ella se pierde o se daña en manos del albacea, el albacea no será responsable por su pérdida a condición de que no hubiera sido negligente en el cuidado de ella y que no hubiera actuado en contra del testamento; de lo contrario, será responsable.

Fatwa número 2352¿Cómo se divide la herencia entre los familiares que tienen relaciones sanguíneas con el difunto?Reglas acerca de los herederos

¿Cómo se divide la herencia entre los familiares que tienen relaciones sanguíneas con el difunto?

N°.2352- Hay tres clases de familiares que heredan de un difunto por su relación sanguínea con él:La primera clase incluye el padre, la madre y los hijos del difunto, y si los hijos no se encuentran con vida, sus nietos y los descendientes de éstos heredan del difunto. Es de hacer notar; que mientras viva una persona de este grupo, la herencia no alcanza a la segunda claseLa segunda clase está formada por el abuelo, la abuela y sus ascendientes (ya sean paternos o maternos), y también los hermanos y hermanas del difunto, y si los hermanos y hermanas no se encuentran con vida, la herencia llega a los hijos de éstos. Mientras exista una persona de este grupo, la herencia no alcanza a las personas de la tercera clase.La tercera clase está formada por los tíos maternos y paternos, y luego, los hijos y los descendientes de éstos. Mientras uno de los tíos (o tías) maternos o paternos esté vivo, los hijos de éste (es decir, los primos del difunto) no heredan. Si ninguno de los tíos (o tías) se encuentra con vida, la herencia llega a los hijos de los tíos (y tías).

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