No escriba más de tres preguntas en cada mensaje

Por favor escriba sus preguntas en breve y no use largas frases

Por favor no pida interpretación de sueños o Istijara

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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 2033Matrimonio

La persona que no conoce la gramática árabe

N°.2033- Si una persona no conoce la gramática árabe, pero puede pronunciar correctamente las palabras de la fórmula matrimonial y también sabe su significado, la fórmula que pronuncia será válida.

Fatwa número 1201La Oración Compensatoria

La persona que no está segura de cuál oración debe compensar

N° .1201- Si una persona sabe que no ha realizado una oración de cuatro ciclos, pero no sabe si fue la del mediodía, la de la tarde o la de la noche (‘Isha), será suficiente con realizar una oración de cuatro ciclos con la intención de realizar lo que no ha realizado. En este caso, el orante tiene la opción de realizar la Sura Al-Fâtiha y la otra sura en voz alta o en voz baja.

Fatwa número 1294Las reglas acerca de La oración de Ayat

La persona que no está segura si hay un eclipse y se entera de ello luego del eclipse

N° .1294- Si a una persona le informan acerca de la presencia de un eclipse lunar o solar, pero la persona no llega a internalizarlo por completo y por lo tanto, no realiza la oración de Ayat, pero más tarde se entera de que la noticia era correcta, debe realizar la oración de Ayat, a condición de que el eclipse hubiera sido total, pero si ha sido un eclipse parcial, no será obligatorio para esta persona realizar la oración de Ayat.

Fatwa número 1433Reglas acerca del ayuno compensatorio

La persona que no puede compensar los ayunos no realizados hasta el próximo año

N°.1433- Si una persona no ayunase en el mes de Ramadán, debido a una enfermedad y su enfermedad continúa hasta el próximo Ramadán, no le será obligatorio compensar los ayunos que no había realizado, pero por cada ayuno no realizado debe dar 750 gramos de comida (trigo, cebada, etc.) a una persona indigente. Sin embargo, si una persona no ha realizado algunos ayunos debido a otra excusa, como estar de viaje, y su excusa continua hasta el próximo Ramadán, según la precaución obligatoria, debe compensar los ayunos no realizados después del mes de Ramadán, y también debe pagar por cada ayuno no realizado 750 gramos de comida a una persona indigente.