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Ordenar por:AlfabéticoNúmero de la Fatwa
Fatwa número 2002Reglas acerca de lo otorgado en confianza

Llevar la propiedad depositada a otro lugar

N°.2002- Si el dueño deposita su propiedad ante una persona y especifica un lugar determinado para mantenerla y dice al fiduciario que no la lleve a otro lugar, el fiduciario no tienen derecho de llevarla a otro lugar; si lo hace, será responsable por la pérdida de ella. Sin embargo; si el fiduciario considera que es probable que el objeto se dañe en ese lugar, y sabe que el lugar no tiene ninguna importancia para el propietario; sino que su único objetivo en la especificación de ese lugar era la seguridad de la misma, debe llevarlo a otro lugar más seguro.

Fatwa número 2003Reglas acerca de lo otorgado en confianza

Llevar la propiedad depositada a otro lugar más seguro

N°.2003- Si el dueño de una propiedad especifica un lugar para su custodia, pero no le dice al fiduciario que no la transfiera a otro lugar, en caso de que haya un peligro probable que amenace la propiedad en ese lugar, el fiduciario debe transferirla a otro lugar más seguro. En este caso, si la propiedad se mantiene en el primer lugar y se pierde o se daña, él será responsable.

Fatwa número 2004Reglas acerca de lo otorgado en confianza

Si el dueño de la propiedad pierde la razón

N°.2004- Si el propietario de un depósito pierde la razón, el fiduciario debe entregar inmediatamente la propiedad a su tutor, o informarle para que la recupere. En caso de que no lo haga, el fiduciario será responsable por la pérdida de la propiedad, a menos que el tutor hubiera permitido que el depósito permaneciera en su lugar.

Fatwa número 2005Reglas acerca de lo otorgado en confianza

Si muere el dueño de la propiedad depositada

N°.2005- Si el dueño de un depósito muere, el fiduciario debe entregar su propiedad a sus herederos o informarles para que la recuperen. En caso de que no lo haga, será responsable por la pérdida de ella. Sin embargo, si el fiduciario no entrega la propiedad con el fin de investigar si el difunto tiene otros herederos o no, o para identificar al heredero, no va a ser responsable.

Fatwa número 2008Reglas acerca de lo otorgado en confianza

El fiduciario observa los signos de la muerte en sí mismo

N°.2008- Si el fiduciario observa en sí mismo los signos de la muerte, debe entregar la propiedad depositada a su propietario o su agente, y si no es posible, según la precaución obligatoria, debe entregarla al Muytahid, y si no tiene acceso al Muytahid, debe preparar un testamento y mencionar todas las características de la propiedad, su ubicación y el nombre de su dueño. También, debe decirlo a una persona para que sea testigo de este testimonio.

Fatwa número 2009Préstamo de objetos

Préstamo de objetos

N°.2009- Si una persona da su propiedad a otra persona para que la use temporalmente sin exigir nada a cambio, esto se considera un préstamo de objetos.

Fatwa número 2010¿Cómo prestar un objeto?Préstamo de objetos

¿Cómo prestar un objeto?

N°.2010- No se necesita pronunciar alguna fórmula para el préstamo de objetos. Es suficiente, que el dueño dé un objeto a otra persona con la intención de prestárselo; y aquella persona lo acepte con la misma intención.

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