Especificar la dote y la duración del matrimonio
N°.2070- En el matrimonio temporal, antes de realizar la fórmula, la duración del matrimonio y la cantidad de la dote deben ser especificadas, y sin especificar estas dos, el matrimonio será inválido.
N°.2070- En el matrimonio temporal, antes de realizar la fórmula, la duración del matrimonio y la cantidad de la dote deben ser especificadas, y sin especificar estas dos, el matrimonio será inválido.
N°.2071- Se permite realizar un matrimonio temporal por otros propósitos fuera del placer sexual. Por ejemplo, se puede hacerlo con el fin de ser Mahram (cercano íntimo) con la chica y sus cercanas. Por lo tanto, está permitido contraer un matrimonio temporal con una chica menor, a condición de que la duración del matrimonio incluya un período después de la pubertad de la chica.
N°.2072- Según la precaución obligatoria, en el matrimonio temporal el hombre no tiene derecho de dejar de tener relación sexual con su mujer por más de cuatro meses.
N°.2073- La mujer en el matrimonio temporal en el momento de realizar la fórmula puede establecer una condición que su marido no tenga el derecho de tener relaciones sexuales con ella, y que el matrimonio sea para otros propósitos. Sin embargo, si más tarde ella está de acuerdo con las relaciones sexuales, el marido puede tener relaciones sexuales con ella.
N°.2074- La mujer que está casada temporalmente, no tiene derecho a pedir la manutención del marido, aunque esté embarazada. Tampoco, tiene derecho a heredar de su marido. Igualmente, su marido no tiene derecho a heredar de ella, tampoco tiene la obligación de vivir o dormir con ella.
N°.2075- En el matrimonio temporal, la mujer puede salir de la casa sin el permiso de su marido, también puede trabajar fuera de la casa sin su permiso, siempre y cuando esto no viole otros derechos del hombre.
N°.2076- Para que un hombre o su padre se conviertan en Mahram con una mujer, él puede contraer el matrimonio temporal de su hijo varón con esa mujer, a pesar de que su hijo sea menor. Sin embargo; la duración del matrimonio debe ser lo suficientemente larga para incluir un período después de la pubertad del chico.
N°.2077- El hombre puede descartar el período restante del matrimonio temporal y terminarlo cuando quiera. En este caso, él debe darle toda la dote a la mujer, aunque no hubiera tenido relaciones sexuales con ella.
N°.2078- El hombre que está casado temporalmente con una mujer puede contraer el matrimonio permanente con ella. Sin embargo, primeramente debe descartar el resto del período del matrimonio temporal y terminarlo antes de realizar la fórmula del matrimonio permanente.
N°.2079- Después de que se termina un matrimonio temporal, la mujer no puede casarse con otra persona durante el período de espera (la duración del período de espera en un matrimonio temporal se ha explicado en las cuestiones siguientes sobre el divorcio). También, los hijos nacidos de un matrimonio temporal tienen todos los derechos que los hijos nacidos de un matrimonio permanente; por ejemplo, ellos heredan de sus padres y de sus familiares, aunque la pareja no hereda entre sí.
N°.2080- Está prohibido para el hombre mirar el cuerpo de una mujer no-Mahram; aunque no sea con intención de deseo sexual. Del mismo modo, está prohibido que una mujer mire el cuerpo de un hombre no-Mahram. Sin embargo, no está prohibido mirar las manos (hasta las muñecas) de una mujer no-Mahram sin intención de deseo sexual, siempre y cuando no conlleve a la corrupción y al pecado. Del mismo modo, no está prohibido para la mujer mirar (sin intención de deseo sexual), aquellas partes del cuerpo de un hombre no-Mahram que no están normalmente cubiertas, como la cabeza, la cara, el cuello y alguna parte de los brazos y las piernas.
N°.2080- Está prohibido para el hombre mirar el cuerpo de una mujer no-Mahram; aunque no sea con intención de deseo sexual. Del mismo modo, está prohibido que una mujer mire el cuerpo de un hombre no-Mahram. Sin embargo, no está prohibido mirar las manos (hasta las muñecas) de una mujer no-Mahram sin intención de deseo sexual, siempre y cuando no conlleve a la corrupción y al pecado. Del mismo modo, no está prohibido para la mujer mirar (sin intención de deseo sexual), aquellas partes del cuerpo de un hombre no-Mahram que no están normalmente cubiertas, como la cabeza, la cara, el cuello y alguna parte de los brazos y las piernas.