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Fatwa número 2132¿Cómo se puede convertir en Mahram con la esposa del hermano?Reglas varias acerca de Amamantamiento

¿Cómo se puede convertir en Mahram con la esposa del hermano?

N°.2132- Si un hombre desea convertirse en Mahram con la esposa de su hermano, puede contraer un matrimonio temporal con una niña (menor de dos años) con el permiso de su tutor; y al mismo tiempo, la esposa de su hermano debe amamantar a esta niña en forma completa. Así, esta mujer se considera como la suegra de este hombre. Es de hacer notar; que la duración del matrimonio temporal debe incluir un tiempo después de la pubertad de la chica, pero después del amamantamiento, el hombre puede anular el matrimonio con aquella niña cuando quiera.

Fatwa número 2133¿Cómo se puede probar si una persona es Mahram con otra persona debido al amamantamiento?Reglas varias acerca de Amamantamiento

¿Cómo se puede probar si una persona es Mahram con otra persona debido al amamantamiento?

N°.2133- Cuando se desconoce si una persona se ha convertido en Mahram con otra persona a través del amamantamiento, esto puede ser probado por las siguientes vías: 1- Cuando un grupo de personas confiables lo afirma.2- Cuando dos hombres justos o cuatro mujeres justas dan testimonio de ello. Sin embargo, según la precaución obligatoria se debe aceptar también el testimonio de un hombre y una mujer, a condición de que los testigos tuvieran certeza de que el amamantamiento ha sido realizado con todas las condiciones y reglas.

Fatwa número 2136¿Cómo realizar la fórmula del divorcio?Condiciones del divorcio

¿Cómo realizar la fórmula del divorcio?

N°.2136- Según la precaución obligatoria, la fórmula del divorcio debe ser pronunciada correctamente en árabe, y es obligatorio que dos hombres justos sean testigos de ello. Si el propio marido quiere pronunciar la fórmula de divorcio, y el nombre de su esposa es, por ejemplo, Fátima, el hombre debe decir:زَوْجَتِی فاطِمَةُ طالِقٌ"Zawyati Fátima Tâliqun"(Mi esposa Fátima está divorciada)Si este hombre nombra a otra persona como su representante para pronunciar la fórmula de divorcio, el representante debe decir:زَوْجَةُ مُوَکلِی فاطِمَةُ طالِقٌ"Zawyatu muwakkili Fátima Tâliqun”(Fátima, la esposa de mi representado está divorciada).Es de hacer notar; que en todos estos ejemplos, en vez de decir “Fátima”, se debe mencionar el nombre de la mujer que va a quedar divorciada.

Fatwa número 2150¿Cuándo comienza el período de espera?Período de espera del Divorcio

¿Cuándo comienza el período de espera?

N°.2150- El período de espera para el divorcio comienza tan pronto como se pronuncia la fórmula de divorcio, aunque la esposa no lo sepa. Por lo tanto, si después del divorcio, la mujer llega a saber que su esposo se ha divorciado de ella hace 6 meses, no le será necesario realizar el período de espera, ya que su período de espera ya se ha terminado durante estos seis meses.

Fatwa número 2158¿Cómo volver a la esposa durante el período de espera?Reglas acerca de hombres que vuelven con sus esposas después del divorcio revocable

¿Cómo volver a la esposa durante el período de espera?

N°.2158- En el divorcio revocable, el hombre puede volver con su esposa sin realizar nuevamente la fórmula de matrimonio. El hombre no necesita pronunciar ninguna fórmula para volver con su esposa, es suficiente que diga algo que signifique que la ha tomado a ella nuevamente como su esposa, o que realice un acto que indique que el hombre ha vuelto con su esposa.

Fatwa número 2162¿Qué es el divorcio de Jul’?Divorcio de Jul’

¿Qué es el divorcio de Jul’?

N°.2162- Una mujer que no desea vivir con su marido y no está dispuesta a continuar el matrimonio con él, puede ofrecerle su dote u otra propiedad a su marido para que su marido se divorcie de ella. Este tipo de divorcio se llama el divorcio de Jul’ y es irrevocable.

Fatwa número 2164¿Qué es el divorcio de Mubârât?Divorcio de Mubârât

¿Qué es el divorcio de Mubârât?

N°.2164- Si el hombre y la mujer no se quieren el uno al otro, y la mujer le otorga su dote o alguna otra propiedad a su marido para que divorcie de ella, este divorcio se llama el divorcio de Mubârât.

Fatwa número 2171¿Acaso la mujer puede tener el derecho de divorcio como una condición del matrimonio?Reglas varias acerca del divorcio

¿Acaso la mujer puede tener el derecho de divorcio como una condición del matrimonio?

N°.2171- Normalmente, el hombre no puede dar a la mujer el derecho del divorcio. Si una mujer establece una condición en el contrato de matrimonio de que si su esposo, por ejemplo, se va de viaje o se vuelve adicto a las drogas o no le provee, ella tenga el derecho del divorcio, esta condición no tendrá validez; ya que ella por sí sola no tiene en sus manos el derecho del divorcio. Sin embargo, se permite hacerlo de otra manera. La mujer puede establecer una condición en el contrato de matrimonio de que si su esposo hace tal o tal, ella será su representante y tendrá la delegación de su marido para su divorcio, y esta delegación es válida, entonces, si el hombre hace algo en contra de las condiciones de la mujer, ella tendrá el derecho a divorciarse a sí misma departe de su marido. (En este segundo caso; el hombre puede nombrar a la mujer como su representante para el divorcio, así, el derecho del divorcio aun pertenece al hombre, pero la mujer, como representante del hombre puede divorciarse a sí misma.)

Fatwa número 2175¿Qué es la usurpación?Usurpación

¿Qué es la usurpación?

N°.2175- Usurpación significa que una persona se apodera injustamente de la propiedad o el derecho de otra persona. De hecho, es considerado uno de los mayores pecados; y quien lo comete será castigado severamente en el Día del Juicio, e incluso en este mundo sufrirá malas consecuencias. Se ha informado, del Profeta Muhammad (PBD) que dijo: "Quien usurpa una palma de tierra de otra persona, esa tierra se enrollará en su cuello en siete capas, en el Día del Juicio”.

Fatwa número 2180¿A quién pertenecen los beneficios que se obtienen de una propiedad usurpada?Reglas acerca de la Usurpación

¿A quién pertenecen los beneficios que se obtienen de una propiedad usurpada?

N°.2180- Cualquier beneficio que se obtenga de una propiedad usurpada; ya sea, un cordero que nace de una oveja usurpada o los frutos que se obtienen de una huerta usurpada, todos estos beneficios pertenecerán al dueño de la propiedad, aunque el usurpador hubiera labrado para ello. Por otra parte, si una persona usurpa una propiedad (como una casa o un carro), debe pagar su alquiler en la medida habitual para el período durante el cual la propiedad ha estado en su posesión, aunque el usurpador no la hubiera usado.

Fatwa número 2183¿Quién es responsable por los gastos de la devolución de la propiedad usurpada?Reglas acerca de la Usurpación

¿Quién es responsable por los gastos de la devolución de la propiedad usurpada?

N°.2183- El usurpador es responsable por los gastos de la devolución de la propiedad a su tutor, por ejemplo, si la propiedad usurpada se mezcla con otra cosa, el usurpador debe superarla y devolverla a su dueño, y si la ha colocado en un lugar lejano, será responsable por todos los gastos de la transferencia de esa propiedad a su dueño.

Fatwa número 2200¿Qué se debe hacer con el bien encontrado cuando no se encuentra su dueño después de un año?Objetos perdidos

¿Qué se debe hacer con el bien encontrado cuando no se encuentra su dueño después de un año?

N°.2200- Si la persona que ha encontrado un objeto perdido lo anuncia durante un año, y el propietario no se encuentra, esta persona puede elegir entre las cuatro opciones siguientes:1- Quedarse con la propiedad, con la intención de devolverla a su propietario en caso de que su propietario aparezca algún día. Sin embargo, si cuando se encuentra el propietario, la propiedad no existe, la persona que la ha usado debe darle su precio.2- Mantener la propiedad como una confianza.3- Dar la propiedad como limosna (Sadaqa) en el camino de Dios, en nombre de su propietario.4- Dar la propiedad a un Muytahid (para que actué con ella según las leyes prescritas).Es de hacer notar; que la precaución recomendable en este caso es elegir la opción 3 o 4; es decir, dar la propiedad como limosna o entregarla a un Muytahid.

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