El trasplante de órganos
N°.2444- Se permite trasplantar los órganos del cuerpo de una persona (i.e. el corazón, el riñón) al cuerpo de otra persona. El donador puede ser musulmán o no-musulmán, vivo o muerto. Sin embargo, si el donador es un musulmán, no está permitido sacar sus órganos y trasplantarlos a otra persona, salvo que este trasplante sea necesario para salvar la vida de otro musulmán o curar uno de sus órganos importantes (como el ojo). En cualquier caso, según la precaución obligatoria, la persona que saca un órgano de un musulmán muerto, debe pagar la indemnización correspondiente de este órgano, a los tutores del difunto.