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چینش :حروف الفباشماره مسئله
مسئله شماره 1470Ayunos recomendables

Ayunos recomendables

N°.1470- Es recomendable ayunar en cualquier día del año, a excepción de los días en que es desaconsejable o prohibido ayunar, sin embargo, el ayuno está especialmente recomendado en ciertos días:1) El primer y el último jueves del mes lunar; y el primer miércoles después del décimo día del mes lunar.2) Los días trece, catorce y quince de cada mes lunar,3) Todo el mes de Rayab y Sha"ban; incluso es recomendable ayunar una parte de estos meses aunque fuera un día.4) Los días 24 del mes de DulHiyya y 29 del mes de DulQa"dah.5) Desde el primer día del mes de DulHiyya hasta el noveno día del mismo.6) El día 18 del mes de DulHiyya (Día de Gadir)7) Los días 1, 3 y 7 del mes de Muharram.8) El día 17 del mes de Rabi’ al-Awal (Nacimiento del Profeta Muhammad (PBD)).9) El día 17 del mes de Rayab (Inicio de la misión profética)

مسئله شماره 1471¿Se puede romper un ayuno recomendable?Ayunos recomendables

¿Se puede romper un ayuno recomendable?

N°.1471- Si alguien está realizando un ayuno recomendable, puede romperlo cuando quiera y no le será obligatorio completarlo hasta el final del día. Incluso, si un creyente invita al ayunante a comer algo, es preferible que rompa su ayuno recomendable para aceptar esta invitación.

مسئله شماره 1473El Ayuno

Es recomendable realizar la oración del ocaso antes de terminar el ayuno

N°.1473- Es recomendable que el ayunante realice las oraciones del ocaso y de la noche (‘Isha) antes de romper el ayuno. Pero si no puede realizarlas bien, debido al hambre o si alguien lo está esperando para comer, es mejor que termine su ayuno primeramente y realice sus oraciones más tarde. Sin embargo, debe realizarlas dentro de su tiempo.

مسئله شماره 1475La ganancia y los beneficios del trabajo

El quin to de la ganancia

N°.1475- Si una persona obtiene una ganancia por medio de la agricultura, el comercio, la industria o el salario que recibe por su trabajo, debe pagar el quin to del superávit anual que le queda; luego de deducir todo lo necesario para satisfacer las expensas propias suyas y de su familia por el curso de un año. Es decir, se cancela un quin to de lo que excede una vez cubiertos los gastos anuales de su propia vida, de su familia y de quienes dependen de él económicamente.

مسئله شماره 1476La ganancia y los beneficios del trabajo

El quin to no es obligatorio por el préstamo y la herencia

N°.1476- Si una persona recibe algo como préstamo, no necesita pagar su quin to. Del mismo modo, el quin to no es obligatorio por la herencia recibida; salvo que la persona que ha recibido la herencia supiera que quien la dejó no pagó el quin to de su propiedad. También, si el valor de la herencia aumenta durante un año, es obligatorio pagar el quin to del valor que se revalorizó. (Por ejemplo, si el precio de la herencia era 100 dírhams, y después de un año su precio aumentase hasta 110 dírhams, el heredero deberá pagar 2 dírhams como el quin to del precio adicional que se revalorizó.).

مسئله شماره 1477 La ganancia y los beneficios del trabajo

El quin to de los regalos

N°.1477- Si una persona recibiese algo como regalo, y este regalo fuese considerado un monto superior a lo necesario para sus gastos anuales, según la precaución obligatoria, deberá pagar su quin to. Del mismo modo, si una persona hereda de un pariente lejano de quien no exigía recibir herencia, la precaución obligatoria es que pague el quin to de la propiedad heredada.

مسئله شماره 1477La ganancia y los beneficios del trabajo

El quin to por una propiedad heredada de un pariente lejano

N°.1477- Si una persona recibiese algo como regalo, y este regalo fuese considerado un monto superior a lo necesario para sus gastos anuales, según la precaución obligatoria, deberá pagar su quin to. Del mismo modo, si una persona hereda de un pariente lejano de quien no exigía recibir herencia, la precaución obligatoria es que pague el quin to de la propiedad heredada.

مسئله شماره 1479¿Aquellos que reciben el quin to y el Azaque, deben pagar también el quin to de su propiedad?La ganancia y los beneficios del trabajo

¿Aquellos que reciben el quin to y el Azaque, deben pagar también el quin to de su propiedad?

N°.1479- La propiedad recibida por una persona indigente, bajo el título del quin to o el Azaque no está sujeto al quin to, aunque supere sus gastos anuales. Sin embargo, si esta persona indigente obtiene ingresos a través de una propiedad adquirida (por ejemplo, si comprase un árbol con este dinero y este árbol diera frutas) debe pagar el quin to del ingreso adicional.

مسئله شماره 1479La ganancia y los beneficios del trabajo

Los ingresos obtenidos de una propiedad pagada como quin to o Azaque

N°.1479- La propiedad recibida por una persona indigente, bajo el título del quin to o el Azaque no está sujeto al quin to, aunque supere sus gastos anuales. Sin embargo, si esta persona indigente obtiene ingresos a través de una propiedad adquirida (por ejemplo, si comprase un árbol con este dinero y este árbol diera frutas) debe pagar el quin to del ingreso adicional.

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