Cambiar una venta a crédito por una en efectivo
N°.1801- Si una persona vende su mercancía a crédito, puede acordar con el comprador sobre un precio más bajo y recibir su dinero en efectivo.
N°.1801- Si una persona vende su mercancía a crédito, puede acordar con el comprador sobre un precio más bajo y recibir su dinero en efectivo.
N°.1935- Cualquiera de las partes puede cancelar el acuerdo Yu’alah antes de que comience el trabajo. También, pueden cancelarlo después de que comience el trabajo, y antes de que se finalice la tarea. Sin embargo, en este caso, si el solicitante cancela el acuerdo, debe pagar el salario al ejecutor de la tarea, en la medida del trabajo que ha hecho.
N°.1757- Son lícitas la compra y venta de carne adquirida de un musulmán o de un país islámico, pero si la persona está segura que aquel musulmán que vende la carne, la ha comprado de un incrédulo y no ha investigado si los animales fueron sacrificados según el rito islámico, la compra y venta son ilícitas y el negocio es inválido. Sin embargo, el cuero que se importa de los países no-islámicos, se considera puro y está permisible comprarlo, pero no se puede realizar la oración con ello.
N°.1756- Son inválidas la compra y venta de carne importada de países no-islámicos o proveniente de un incrédulo; pero si la persona sabe que esta carne proviene de animales sacrificados por el rito islámico, puede comprarla y venderla.
N°.2122- Un hombre no puede casarse con dos hermanas al mismo tiempo, aunque sean hermanas de leche. En caso de que se case con dos mujeres, y luego entienda que ellas son hermanas, el primer matrimonio será válido, y el segundo se considera inválido.
N°.2121- Una mujer que amamanta a un niño, no se convierte en Mahram con el hermano del infante, a pesar de ello, según la precaución recomendable no debe casarse con él.
N°.2046- Si un hombre está casado con una mujer, no puede casarse con su hermana mientras esté casado con ella, aunque el matrimonio sea temporal. Incluso después del divorcio, siempre y cuando ella esté en el “período de espera” de un divorcio revocable, el hombre no puede casarse con la hermana de la mujer. Pero, si es un divorcio irrevocable, se permite hacerlo, aunque la precaución recomendable es abstenerse de ello hasta que se termine el período de espera. Tampoco, puede casarse con la hermana de la mujer antes de terminar el período de espera del matrimonio temporal.
N°.2099- Si un hombre que tiene un hijo se casa con una mujer que tiene una hija, este hijo también puede casarse con la hija de aquella mujer. Del mismo modo, si el hijo se casa con la chica primeramente, su padre puede casarse con su suegra.
N°.2047- El hombre no puede casarse con la sobrina de su esposa sin su permiso. Sin embargo, si lo hace, y más tarde la mujer diera su consentimiento para el matrimonio, el matrimonio será válido.
N°.2120- Un hombre no puede casarse con las sobrina de su esposa aunque sea de leche.
N°.2112- El hombre no puede casarse con una mujer que fue amamantada por la madre de este hombre, o su abuela. Además, si la madrastra de un hombre amamanta a una chica, este hombre no puede casarse con esa chica.
N°.2124- Si una mujer amamanta a un niño, no se convierte en Mahram con los hijos de sus tíos y tías maternales, a pesar de ello, según la precaución recomendable no debe casarse con ellos.