Disponer de los bienes del difunto sin el acuerdo común de los herederos
N°.2398- Si la esposa del difunto quiere disponer de los bienes que no le corresponden como herencia (i.e. tierra y finca), debe pedir permiso a los herederos. Asimismo; los otros herederos no deben disponer de los edificios y de las cosas que le pertenecen a la esposa en el precio, hasta que le hayan dado el precio de la parte que le corresponde a la esposa del difunto. Si los herederos venden la herencia antes de dar la porción de la esposa del difunto, en el caso de que la mujer dé su consentimiento para la venta, esta venta será correcta, de lo contrario, la venta de la parte que le corresponde a la mujer queda anulada.