Si el agente encarga a otra persona para la misma delegación y luego la despide
N°.1923- Si un agente, con el permiso del solicitante, delega su función en una tercera persona, no puede despedir a ese agente, y si el primer agente muere o renuncia a la agencia, la segunda agencia no será inválida. Sin embargo, si el primer agente nombra a alguien como su propio agente con el permiso del solicitante, tanto el solicitante como el primer agente pueden despedir al segundo agente, y si el primer agente muere o renuncia a la agencia, la segunda agencia será inválida.