Entregar la propiedad hipotecada y autorizar al acreedor a venderla
N°.1970- Según la precaución obligatoria, para la validez del acuerdo de hipoteca, la propiedad hipotecada debe ser entregada al acreedor. Sin embargo, si el deudor autoriza al acreedor a vender su propiedad, el acuerdo es válido. Por ejemplo, el deudor puede dar al acreedor los documentos de su casa y la autorización necesaria para venderla. En este caso, el acuerdo de la hipoteca es correcto aunque el deudor resida en la casa hipotecada.