Repetir la expiación en caso de romper la promesa varias veces
N°.2288- Si una persona promete abandonar un acto por siempre, según la precaución obligatoria, debe realizar una expiación cada vez que comete este acto. Sin embargo, si la promesa (Nazr) se considera anulada tan pronto como la persona realiza este acto, sólo una expiación será necesaria por la primera vez que la persona rompe esta promesa, y no necesita pagar otra expiación por las otras veces que repite este acto (ya que su promesa ha sido anulada la primera vez).