No se debe usar otros perfumes para el difunto
N° .556- Según la precaución obligatoria, no deben usar otros perfumes para el difunto, ni mezclar alcanfor con ellos.
N° .556- Según la precaución obligatoria, no deben usar otros perfumes para el difunto, ni mezclar alcanfor con ellos.
N° .557- Si el alcanfor no fuera suficiente para realizar juntos el baño completo y la unción, el baño completo tiene la prioridad (según la precaución obligatoria), y la unción de la frente es prioritario sobre la unción de los otros miembros.
N° .558- Es recomendable mezclar alcanfor con poca cantidad de la tierra del santuario del Imam Husain (P) “Turbah”, pero la cantidad de ello no debe exceder de la cantidad del alcanfor.
N° .559- Es recomendable enterrar dos palos de madera fresca junto al difunto en su tumba.
N° .560- Es obligatorio rezar la oración fúnebre en presencia del cuerpo del musulmán fallecido, a condición de que sea adulto, también es precaución obligatoria rezar para un niño fallecido cuya edad estriba en los 6 años o más.
N° .561- Hay que realizar la oración del difunto luego de haber realizado el baño completo, después de la unción con alcanfor y luego de la vestimenta de la mortaja. La oración fúnebre realizada antes de estos actos se considera inválida, aunque fuera por olvido.
N° .562- La oración del difunto no requiere la ablución, ni el baño completo ni el Tayammum para el orante, tampoco es necesario la pureza del cuerpo y de la ropa del orante; sin embargo, la precaución recomendable es observar estos actos para la oración del difunto.
N° .563- Es obligatorio para el orante realizar la oración del difunto orientándose hacia la dirección de la Qibla. Según la precaución obligatoria, el difunto debe estar acostado sobre sus espaldas, frente de los orantes, de modo que su cabeza esté colocada hacia la derecha de los orantes y sus piernas estén hacia la izquierda de los orantes.
N° .564- El orante no debe realizar la oración del difunto en un lugar sumamente alto o menos alto del lugar donde está colocado el muerto, salvo que la diferencia fuera mínima; también, el orante no debe realizar la oración fúnebre en un lugar alejado del difunto; si la realiza en la forma colectiva, debe estar en contacto con las filas de los orantes.
N° .565- El orante debe realizar la oración fúnebre delante del cuerpo del difunto, y no debe haber ningún obstáculo como una cortina o una pared entre ellos, pero no hay problema si el difunto está dentro de un ataúd.
N° .566- El orante debe realizar la oración fúnebre mientras está de pie, también debe poner la intención de que la realiza por la consagración a Dios, es necesario también asignar al difunto a quien realiza la oración, por ejemplo debe decir: “Realizo la oración fúnebre al difunto presente por la consagración a Dios”. Si no es posible para el orante rezar parado, puede sentarse y realizarla.
N° .567- Si el difunto ha hecho su testamento que una persona especifica le realizase la oración fúnebre, es obligatorio actuar según su testamento y no se necesita pedir permiso a su tutor, aunque la precaución recomendable es pedirle permiso.