¿De dónde se paga los gastos del ritual fúnebre?
N° .544- Hay que pagar lo obligatorio de los gastos de la mortaja, del baño completo, del entierro y de los otros rituales mortuorios de la propiedad del difunto, aunque no hubiera testado nada; pero si el difunto no tuviera ninguna propiedad, la tesorería pública del gobierno islámico debe pagar los costos de su ritual fúnebre.