Proteger y devolver lo entregado en confianza
N°.1993- Está prohibido traicionar en la protección de la propiedad depositada, y esto se considera uno de los pecados mayores. Si una persona acepta algo para salvaguardarlo, no debe ser negligente en la protección de ello, y debe devolverla cuando el dueño lo solicite, aunque el dueño sea un no-musulmán.