Heridas en las partes aplicadas del Tayammum
N° .355- Aquellos que deben hacer el Tayammum, si tuvieran una herida, una ampolla o una fractura en las partes aplicadas, tienen que realizar el Tayammum sobre el vendaje.
N° .355- Aquellos que deben hacer el Tayammum, si tuvieran una herida, una ampolla o una fractura en las partes aplicadas, tienen que realizar el Tayammum sobre el vendaje.
N° .356- Si la persona tiene una excusa por la cual no puede realizar normalmente la ablución o el baño completo puede hacer la ablución o el baño completo sobre el vendaje y proceder con la oración; sin embargo, si tiene presente que su excusa desaparecería durante el tiempo de la oración, debe esperar como precaución obligatoria hasta que se elimine su excusa y pueda realizar la ablución normalmente.
N° .357- Si el agua es perjudicable a los ojos, la persona puede hacer el Tayammum, pero es mejor hacer la ablución y lavar alrededor de los ojos y el resto del rostro.
N° .358- No es necesario repetir las oraciones realizadas con la ablución o el baño completo sobre el vendaje, salvo que la excusa desaparezca durante el tiempo de la oración, en este caso sólo es necesario repetir aquellas oraciones cuyo tiempo no ha pasado.
N° .359- Hay siete tipos de baños completos obligatorios:1-El baño completo por la eyaculación (Yinabat);2- El Baño completo por la anormalidad menstrual (Istihada);3-El baño completo por la menstruación (Haiz);4-El baño completo por el posparto (Nifas); 5-El baño completo por tocar al difunto; 6-El baño completo del difunto;7-El baño completo obligatoria por las promesas o juramentos.
N° .360- La persona adquiere el estado de eyaculación por dos motivos:Primero: el coito (penetración sexual)Segundo: la salida del semen, ya sea poco o mucho, dormido o despierto, con lujuria o sin lujuria.
N° .361-Si sale un líquido en el glande del hombre sobre el cual tiene duda si es semen u otro líquido, y cuando la salida estuviera con expulsión y lujuria, este líquido se considera semen, de no tener estos signos, no se considera semen; no obstante, si sale un líquido de la persona enferma o de la vagina de la mujer con pasión y lujuria, este líquido se considera semen aunque no hubiera salido con expulsión.
N° .362- El cuerpo se debilita generalmente luego de la eyaculación, pero esto no está considerado como un signo para la salida del semen.
N° .363- Es recomendable orinar después de la salida del semen para que evacuen completamente las partículas del semen; si el hombre no orina después de la eyaculación y luego del baño completo le sale un líquido desconocido, este líquido se considera semen y el hombre debe repetir el baño completo.
N° .364- Si la persona tiene coito y su penetración va más allá del glande del pene, ambos el hombre y la mujer adquieren el estado de eyaculación, ya sea adulto o no, y con o sin la salida del semen. Si el coito fuera por la vía anal, sin eyaculación, ellos deben realizar ambos la ablución y el baño completo como una precaución obligatoria. Es de hacer notar que el coito por la vía anal es muy desaconsejable, y está prohibido hacerlo sin el permiso de la mujer.
N° .365- Si la persona duda si ha penetrado hasta el glande o no, el baño completo no es obligatorio.
N° .366- Si la persona comete el coito con un animal, debe hacer el baño completo; si lo cometiera sin eyaculación debe hacer el baño completo y la ablución juntos.