Los productos importados de los países no-islámicos
N°.1755- Es lícita la compra o venta de los productos (i.e. alimentos, remedios, etc.) importados de los países no-islámicos, a condición de que no haya certeza acerca de su impureza.
N°.1755- Es lícita la compra o venta de los productos (i.e. alimentos, remedios, etc.) importados de los países no-islámicos, a condición de que no haya certeza acerca de su impureza.
N°.1769- Los productos que no se venden por peso y volumen, sino por número o talla (i.e. huevos, tela, utensilios, pueden ser vendidos a cambio de una diferente cantidad de los mismos. La misma ley existe para la venta de la mayoría de los animales.
N°.1784- Si un producto se vende en una ciudad por su peso o volumen, mientras que en otra ciudad, el mismo producto se vende por su número, hay que venderlo en cada ciudad según la costumbre de la misma.
N°.1770- Está permitido vender una cantidad de los productos que no se venden por peso y volumen a cambio de una cantidad mayor de los mismos. Pero si en otra ciudad este producto (como el huevo) se vende generalmente por su peso, entonces en aquella ciudad, no está correcto venderlo a cambio de una cantidad mayor del mismo, aunque en otra ciudad se vende por su número.
N° .246- Está prohibido usar los recipientes fabricados con piel de cadáver de un animal puro que no es sacrificado islámicamente, o la de un animal impuro como el perro y el cerdo. Está prohibido utilizarlos para comer, beber, hacer la ablución, realizar el baño completo, etc. Pero hay la posibilidad de usarlos para los usos en los cuales no es necesaria la pureza, por ejemplo para el regado de la finca o el cebado de los animales, aunque abstenerse de ellos es de precaución recomendable.
N° .247- Está prohibido usar los recipientes de oro o de plata para cualquier uso como el comer y el beber e incluso según la precaución obligatoria está prohibido usarlos para adornar o decorar la habitación.
N° .858- Es mejor que el recitador del Azan tenga las características siguientes:Ser justo (fiel), puntual, tener una agraciada voz y una alta entonación.También es mejor utilizar el altavoz o recitar el Azan en un lugar elevado.
k) Es recomendable que el Imam lleve ropa religiosa (como el turbante y la capa larga) durante los sermones y que se apoye en un bastón, y que salude a los orantes antes de empezar el sermón. El imam debe explicar los asuntos políticos, sociales y éticos de la comunidad islámica y también los asuntos importantes del día para la gente; debe enseñarles sus tareas religiosas y advertirles sobre las amenazas de los enemigos. Entonces el imam debe aprovechar bien esta oportunidad para informar a la gente y explicar los asuntos importantes del día; el imam debe dar los sermones con elocuencia de la manera comprensible e impresionable; no debe estimular los conflictos entre la gente, sino que debe invitar a todos a que sean unidos frente el enemigo. La precaución obligatoria es que los orantes tengan pureza durante los sermones, mantengan el silencio y escuchen los sermones. No está permitido hablar durante los sermones, pero si el orante habla durante los sermones, no se rompe su oración.
N° .528- La persona que realiza el baño completo al difunto debe ser musulmán, adulto y de sano juicio, debe saber las reglas del baño completo y según la precaución recomendable, debe ser Shia Imami.
N° .1215- Quien haya sido contratado para la realización de las oraciones compensatorias de un difunto debe conocer bien las reglas sobre la oración y debe ser capaz de recitar bien las frases de la oración.
N°.1828- Las personas que se van a asociar en un contrato o negocio deben ser adultas y de sano juicio. También deberán tener la intención y libertad de acción para asociarse. La personas que no pueden disponer de su propiedad (i.e. las personas dementes), no pueden asociarse con otra persona.
N° .1267- El Imam de la oración colectiva debe ser adulto, de sano juicio, justo, de nacimiento legítimo, shiíta Imamita (seguidor de los doce Imames infalibles (P)) y debe recitar la oración en forma correcta. Además, si los orantes son hombres, el Imam también debe ser un hombre. Pero si todas las orantes son mujeres, el Imam puede ser una mujer (a condición de que cumple con los requisitos del Imam para poder dirigir la oración).Es de hacer notar, que todo ser humano; ya sea musulmán o no musulmán se considera de nacimiento legítimo, salvo que se pruebe lo contrario.