Abandonar la recitación de la segunda Sura en las oraciones recomendables
N° .901- En las oraciones recomendables, se puede abandonar la recitación de la segunda Sura, excepto en las oraciones que requieren una Sura determinada.
N° .901- En las oraciones recomendables, se puede abandonar la recitación de la segunda Sura, excepto en las oraciones que requieren una Sura determinada.
N° .902- Es recomendable en el día viernes, recitar la Sura “62. Al-Ŷumu‘a, (El viernes)” en el primer ciclo de la oración del mediodía, y recitar la Sura “63. Al-Munāfiqūn, (Los hipócritas)” en el segundo ciclo. En este caso, si el orante empieza a recitar una de estas suras, según la precaución obligatoria, no debe dejar de recitarla a la mitad.
N° .903- Si el orante después de recitar la Sura Al-Fâtiha empieza a recitar la Sura “112. Al-Ijlāş” o la Sura “109. Al-Kāfirūn”, no debe dejarla a la mitad, sino que debe continuar su recitación hasta el final.
N° .904- El orante que empieza a recitar una Sura luego de la recitación de la Sura Al-Fâtiha, puede dejar de recitarla a la mitad y empezar una nueva Sura; salvo cuando hubiera empezado a recitar la Sura 112. Al-Ijlāş” o la Sura “109. Al-Kāfirūn”.
N° .905- Si el orante olvida una parte de la segunda Sura, o si no tiene tiempo de recitarla completa, puede dejar aquella Sura y empezar una nueva Sura.
N° .906-Es obligatorio para el hombre recitar en voz alta la Sura Al-Fâtiha y la segunda Sura en las oraciones del alba, del ocaso y de la noche; pero en las oraciones del mediodía y de la tarde, la Sura Al-Fâtiha y la segunda Sura deben recitarse en voz baja, ya sea varón o mujer el que recita. En las oraciones del alba, del ocaso y de la noche, la mujer puede recitarlas en voz baja o alta la Sura Al-Fâtiha y la segunda Sura; Sin embargo, según la precaución recomendable la mujer debe bajar su voz donde un hombre no-familiar (no-Mahram (1)) puede oírla.
N° .907- La oración será inválida si el orante pronuncia intencionalmente una palabra en voz baja durante un ciclo en que debe recitarse en voz alta (como el primer y el segundo ciclo de la oración del alba); igualmente será inválida la oración cuando el orante pronuncia intencionalmente una palabra en voz alta durante un ciclo en que debe recitarse en voz baja (como los ciclos de la oración del mediodía y de la tarde).
N° .908- Se considera correcta la oración, si el orante por olvido o por desconocimiento de esta ley pronuncia una palabra en voz baja durante un ciclo en que debe recitarse en voz alta; igualmente es correcta la oración si el orante por olvido o desconocimiento de esta ley pronuncia una palabra en voz alta durante un ciclo en que debe recitarse en voz baja. No obstante, si el orante no supiera esta ley debido a su negligencia, debe repetir su oración según la precaución obligatoria.
N° .909- Si durante la recitación de la Sura Al-Fâtiha o de la segunda Sura, el orante se da cuenta que por descuido ha recitado algo en voz alta o baja, no necesita volver a recitarlo nuevamente, aunque es mejor volver y recitarlo en forma correcta.
N° .910- Si el orante en el momento de la recitación de la oración levanta su voz más alta que lo normal, como si gritara, su oración será inválida.
N° .911- Hay que recitar las frases de la oración en forma correcta. Si alguien no sabe la manera correcta de la oración, deberá aprenderla. Si alguien no pudiese aprenderla correctamente deberá recitarla como pueda y es mejor que realice la oración en forma colectiva.
N° .912- La oración será inválida si la persona no sabe bien la recitación de la oración debido a su negligencia.